DECRETO 68/2015, de 30 de abril, por el que se establece el marco general para la innovación y mejora de los servicios públicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Rango de LeyDecreto

Las Administraciones Públicas del siglo XXI se conciben como organizaciones cercanas a la ciudadanía y prestadoras de servicios públicos, que ajustan su actuación a principios y criterios generales comúnmente aceptados como los de transparencia, participación, eficacia, eficiencia, economía, calidad, celeridad y responsabilidad. En este sentido las distintas Administraciones han realizado un considerable esfuerzo en los últimos años para modernizar su gestión administrativa y mejorar la calidad en la prestación de sus servicios públicos.

El Gobierno de Canarias no ha sido ajeno a este proceso de modernización y mejora y en las últimas legislaturas ha expresado su firme voluntad de apostar por una Administración más competitiva, más eficiente y más eficaz, comprometida con la innovación y mejora continua de la calidad de sus servicios y la adopción de las nuevas tecnologías en orden a simplificar su gestión administrativa, como lo demuestra la aprobación y ejecución de los documentos estratégicos de "Acciones para la Modernización de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias" y la "Estrategia para la Modernización y Mejora de los Servicios Públicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias-PEMAC 2012-2014".

Pero la modernización de la Administración Pública requiere una perspectiva especial del cambio, concebida como un proceso continuo y no como el reemplazo de un modelo por otro en atención a vicisitudes ajenas al actuar administrativo. Este proceso que debe involucrar a toda la organización, ha de adquirir características de permanencia, de continua reflexión y de reformulación periódica de la gestión administrativa. Por tanto, siendo evidente que el Gobierno de Canarias, en una apuesta de futuro, ha invertido grandes esfuerzos en potenciar el desarrollo de la modernización de la Administración Autonómica, se hace necesario la adopción de una serie de medidas con la finalidad de consolidar el proceso de mejora y modernización iniciado y culminar la consecución del objetivo perseguido que no es otro que el de obtener una Administración más transparente y con mayor capacidad de gestión, centrada en la mejora de la economía, la eficacia, la eficiencia y la calidad de la actividad administrativa; en el cambio de cultura administrativa a través del desarrollo de las capacidades directivas; en la gestión del conocimiento corporativo; en la dirección basada en objetivos, a fin de orientar la gestión de resultados y en la transformación de la organización pública hacia la prestación de unos servicios de calidad y orientados al ciudadano, fortaleciendo los mecanismos de seguimiento y control de estos valores, mediante la incorporación de instrumentos de evaluación de la calidad en la gestión de los servicios.

En este contexto, el Gobierno de Canarias debe establecer un compromiso permanente con la innovación y mejora continua de los servicios públicos, articulado en torno a unas líneas de actuación que propicien una Administración Pública eficiente, que ofrezca servicios de calidad y que dé respuesta a las necesidades sociales. El presente Decreto recoge este compromiso mediante el establecimiento de un marco general que permita integrar de forma coordinada una serie de acciones o medidas para la modernización y mejora continua de la actuación administrativa y la prestación de los servicios públicos, mediante la participación de los distintos actores implicados.

Por ello, este Decreto integra, desde una enfoque holístico, todos aquellos aspectos que se consideran relevantes para la innovación y mejora de la actuación administrativa y prestación de los servicios públicos, incidiendo, por tanto, en una serie de medidas que ya habían sido objeto de desarrollo por otras normas anteriores, en particular por el Decreto 220/2000, de 4 de diciembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad y los premios a la calidad del servicio público y mejores prácticas, y a las mejores iniciativas o sugerencias de los empleados públicos, por el Decreto 48/2009, de 28 de abril, por el que se establecen en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias medidas ante la crisis económica y de simplificación administrativa y por el Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Así, el presente texto normativo manifiesta una vocación modernizadora que se traduce en una apuesta real de acciones dirigidas a la innovación y mejora de la actividad administrativa, que atienda a las necesidades reales que demanda la ciudadanía, orientadas a la búsqueda del bienestar social.

La finalidad de este Decreto, en definitiva, es garantizar que la actuación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias se oriente a la adecuada atención de la demanda de la ciudadanía y a la prestación de unos servicios públicos de calidad que satisfagan sus necesidades y expectativas, en el marco del interés público.

Por todo ello, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, y previa deliberación del Gobierno en su sesión celebrada el día 30 de abril de 2015,

D I S P O N G O:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 8

DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL

Artículo 1 Objeto.
  1. El presente Decreto tiene por objeto establecer el marco general para la innovación y mejora de los servicios públicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante Marco para la Innovación y Mejora).

  2. El Marco para la Innovación y Mejora está integrado por un conjunto de Líneas de Actuación que tienen por finalidad innovar y mejorar la gestión administrativa y la calidad de los servicios públicos, proporcionar a los poderes públicos información consolidada para la toma de decisiones y fomentar la transparencia mediante la información y difusión pública de los resultados obtenidos en cada programa.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.
  1. El presente Decreto será de aplicación a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a sus organismos públicos vinculados o dependientes.

  2. A efectos de este Decreto se entiende por organismo público a los organismos autónomos y a las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 3 Principios de actuación administrativa.

En el ámbito del presente Decreto, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes ajustarán su actuación a los siguientes principios, sin perjuicio de aquellos otros que sean de aplicación en virtud de las disposiciones reguladoras de la actividad administrativa:

  1. Principio de orientación a la ciudadanía: la actividad administrativa y la prestación de los servicios públicos han de estar dirigidos a la satisfacción de las necesidades reales de la ciudadanía de Canarias.

  2. Principio de eficacia: la gestión administrativa tenderá a la consecución de los objetivos que se persiguen con el máximo de calidad posible, mediante la orientación a objetivos y resultados y la generalización de los sistemas de gestión.

  3. Principio de eficiencia: la actividad administrativa y la prestación de los servicios públicos han de realizarse mediante una óptima utilización de medios que posibilite la consecución directa de los fines públicos perseguidos.

  4. Principio de economía: la consecución de los objetivos pretendidos por la Administración ha de lograrse con el coste económico más racional para la Hacienda Pública.

  5. Principio de simplicidad: en la gestión administrativa se habrán de utilizar técnicas y métodos que permitan la simplificación de trámites, la eliminación de procedimientos innecesarios, la disminución de los tiempos de espera y la reducción de cargas administrativas.

  6. Principio de mejora continua: la Administración Autonómica ha de poner en práctica métodos que permitan sistemáticamente detectar sus deficiencias, corregirlas y prestar sus servicios a la ciudadanía de forma cada vez más eficiente, eficaz y con mayor celeridad.

  7. Principio de anticipación o proactividad: la forma de gestionar y prestar los servicios públicos ha de anticiparse a los problemas y demandas de la ciudadanía.

  8. Principio de responsabilidad: la Administración Autonómica, en su forma de gestionar, ha de asumir de forma expresa sus obligaciones ante la ciudadanía.

  9. Principio de innovación de la gestión pública: la Administración Autonómica impulsará la introducción en la gestión pública de nuevos procesos, servicios y métodos de prestación y gestión con el objetivo de generar valor social y satisfacer las necesidades reales de la ciudadanía.

  10. Principio de gestión por objetivos: la gestión administrativa de los órganos y organismos públicos se orientará a la definición y consecución de objetivos y resultados, a través de la planificación estratégica.

  11. Principio de colaboración y cooperación interna: los órganos de la Administración Pública de la...

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