DECRETO 54/2004, de 12 de mayo, por el que se establece la cuantía de la tasa correspondiente al modelo de declaración tributaria 452 de declaración de entregas de combustibles exentas del Arbitrio sobre Importaciones y Entrega de Mercancías en las Islas Canarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Economía y Hacienda
Rango de LeyDecreto

La nueva redacción del artículo 84 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, introducida por el artículo 9, cuatro, de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, suprimió el sistema de devoluciones de las cuotas soportadas por determinados empresarios en las adquisiciones de combustible con destino a la generación y cogeneración eléctrica y a la captación, producción y distribución de agua. Ello implicaba que desde el día 1 de enero de 2003 la exención del Arbitrio sobre las Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias (AIEM) aplicable a determinadas entregas de combustibles, contemplada en el artículo 70.2 de la Ley 20/1991, opere automáticamente y no como hasta entonces a través del proceso de repercusión de la cuota del Arbitrio y posterior petición de devolución de esta cuota soportada.

El mencionado artículo 70.2 de la Ley 20/1991 ha sido modificado a su vez por el artículo 9.Uno de la referida Ley 53/2002, que introdujo una nueva exención relativa a la entrega de combustibles que se utilicen en el transporte regular marítimo o aéreo de pasajeros y de mercancías entre las Islas Canarias y atribuye a la Consejería competente en materia de hacienda del Gobierno de Canarias las competencias reglamentarias para regular los específicos deberes de información de los sujetos pasivos que realicen las entregas exentas que nos ocupa.

Estas alteraciones normativas han producido la modificación, a fin de la adaptación correspondiente, de la Orden de 14 de marzo de 2002, por la que se aprueba el modelo 450 de declaración-liquidación y 451 de solicitud de devolución, del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias, y se establecen los plazos de presentación, introducida por la Orden de 1 de abril de 2003, que afectó al artículo 4 y al modelo 451 contenido en el anexo II de la citada Orden de 14 de marzo de 2002, así como la nueva redacción del artículo 5 del Decreto 34/2002, de 8 de abril, por el que se aprueban las normas de...

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