DECRETO 293/1993, de 10 de noviembre, por el que se actualiza la valoración del coste de los servicios inherentes al traspaso al Cabildo Insular de Tenerife, mediante Decreto 129/1989, de 1 de junio, de las competencias en materia de transportes terrestres y turismo.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorVicepresidencia del Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Decreto 54/1988, de 12 de abril, por el que se aprueba la metodología que regirá la valoración de competencias que se transfieran a los Cabildos Insulares, coincide con el acuerdo del Gobierno de fecha 21 de febrero de 1991, en disponer en lo que a la actualización de las valoraciones se refiere, que los costes de personal y de funcionamiento se actualizarán con los mismos criterios que los señalados para la Administración de la Comunidad Autónoma.

Asimismo, la Disposición Final Primera del Decreto 129/1989, de 1 de junio, referente a la valoración definitiva del coste de los servicios inherentes al traspaso, al Cabildo Insular de Tenerife de las competencias en materia de transportes terrestres y turismo, establece que la materialización de las transferencias asumidas por los Cabildos, quedará subordinada a la previa confección de las Actas de entrega y recepción de los medios personales, materiales y recursos transferidos.

Por otra parte, y de conformidad con la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, se hace preciso, que, previo acuerdo adoptado en la Comisión de Transferencias y mediante Decreto del Gobierno de Canarias, se proceda a la actualización de aquellas situaciones que hasta la materialización de dichas transferencias se hayan observado.

Reconvertido el puesto de trabajo laboral número 104, traspasado por el citado Decreto 129/1989, de 1 de junio, en puesto de funcionario público del Grupo A, debe procederse a la actualización de los créditos presupuestarios que comporte.

En su virtud, visto el acuerdo adoptado por la Comisión de Transferencias de Competencias a los Cabildos Insulares, en sesión celebrada el día 6 de julio de 1992, a propuesta del Vicepresidente y tras la deliberación del Gobierno en su sesión celebrada el día 10 de noviembre de 1993,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Actualizar, con efectos de...

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