DECRETO 223/1989 de 12 de septiembre, por el que se fijan las tasas universitarias a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios el curso 1989-90.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

La Ley Org nica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, establece que las tasas acad,micas conducentes a t°tulos oficiales ser n fijadas por la Comunidad Aut noma dentro de los l°mites fijados por el Consejo de Universidades, en tanto que las correspondientes a los restantes estudios las fijar el Consejo Social.

La Disposici n Adicional Tercera de la Ley de Presupuestos en su apartado segundo dispone que las tasas universitarias que corresponden a t°tulos oficiales, se Fijar n por el Gobierno de Canarias, a propuesta conjunta de las Consejer°as de Hacienda y de Educaci n, Cultura y Deportes, dentro de los l°mites que establezca el Consejo de Universidades, conforme a lo estipulado con el apartado b) del punto 3 del art°culo 54 de la Ley Org nica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.

Por Resoluci n de 23 de junio de 1989, el Consejo de Universidades acord establecer los l°mites de las tasas acad,micas y dem s derechos conducentes a t° tulos oficiales para el curso 1989-90 entre un l°mite m°nimo cuantificado por el Indice de Precios al Consumo de los £ltimos doce meses y un l°mite m ximo cuantificado por el incremento del gasto p£blico en educaci n superior para el ejercicio presupuestario 1989 en cada una de las Administraciones P£blicas competentes.

En este contexto normativo, el presente Decreto procede a fijar los importes a satisfacer por los alumnos por la prestaci n de servicio p£blico de educaci n superior, actualizando las tarifas vigentes mediante un porcentaje del 8%, criterio que se ajusta a los l°mites establecidos por el Consejo de Universidades, puesto que se trata de una actualizaci n comprendida en el °ndice de Precios al Consumo de los £ltimos doce meses y el incremento de gasto p£blico en educaci n superior de nuestra Comunidad Aut noma.

En su virtud, al amparo de la Disposici n Adicional Tercera de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Aut noma de Canarias para 1989, a propuesta conjunta de los Consejeros de Hacienda y de Educaci n, Cultura y Deportes, y previa deliberaci n del Consejo de Gobiemo en su reuni n del d°a 12 de septiembre de 1989,

D I S P O N G O:

Art°culo 1.- Las tasas universitarias para el curso 1989/90 en las Universidades P£blicas, dependientes de la Administraci n de la Comunidad Aut noma ser n las establecidas en las tarifas del anexo al presente Decreto.

Art°culo 2.- l) Los alumnos de los Centros e Institutos Universitarios...

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