ORDEN de 4 de junio de 2014, por la que se establece la sectorización de la asistencia sanitaria especializada en el Área de Salud de Gran Canaria.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

Las Áreas de Salud y las Zonas Básicas de Salud son las demarcaciones territoriales en las que se basa la ordenación territorial de los Servicios de Salud de conformidad con lo dispuesto en los artículos 62 y 74 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias.

La citada Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, establece en su artículo 83 que cada Área de Salud disponga de, al menos, un hospital al que puedan acceder los usuarios del Servicio Canario de la Salud para recibir la asistencia especializada, contando las Áreas de Salud de Gran Canaria y Tenerife con dos hospitales.

Mediante Orden de 29 de marzo de 2010 se estableció la sectorización de la asistencia sanitaria especializada del Área de Salud de Tenerife.

Aunque ya se contempla la organización de los recursos en los correspondientes Programas de Gestión convenida, resulta necesario fijar mediante la presente disposición la sectorización correspondiente a Gran Canaria a fin de su conocimiento por profesionales y usuarios.

Considerando la propuesta de la Dirección General de Programas Asistenciales y de acuerdo con los contenidos y competencias que se recogen en el Título III de la Ley 11/1994, de 26 de julio, ya citada,

D I S P O N G O:

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de la presente Orden establecer la sectorización de la asistencia sanitaria especializada en el Área de Salud de Gran Canaria que se presta en el Hospital Universitario de Gran Canaria Dr. Negrín y en el Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.

Artículo 2 Ámbito territorial del Complejo Hospitalario Insular-Materno Infantil.

1) El Hospital Universitario Insular de Gran Canaria prestará la asistencia sanitaria especializada a los beneficiarios del Servicio Canario de la Salud adscritos a las zonas básicas de salud señaladas en el Anexo 1.

2) El Hospital Universitario Materno-Infantil de Gran Canaria prestará asistencia hospitalaria (hospitalización, consultas y urgencias) y consultas extrahospitalarias del área obstétrico-ginecológica a los beneficiarios del Servicio Canario de la Salud del Área de Salud de Gran Canaria que incluye la población menor de 14 años y la patología obstétrico ginecológica en mujeres mayores de 14 años.

3) El...

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