RESOLUCIÓN de 6 de abril de 2016, por la que se convoca concurso de traslado para cubrir puestos de trabajo de personal laboral vacantes en la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de esta Universidad.

SecciónII. AUTORIDADES Y PERSONAL
EmisorUniversidad de Las Palmas de Gran Canaria
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 30/2003, de 10 de marzo (BOC de 24 de marzo), así como en el vigente II Convenio Colectivo para el Personal Laboral de las Universidades Públicas Canarias (BOC nº 222, de 18.11.13), y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios, esta Gerencia, en uso de las atribuciones que tiene delegadas por Resolución del Rectorado de esta Universidad de fecha 6 de junio de 2012 (BOC de 18.6.12), ha resuelto convocar un concurso de traslado entre el personal laboral fijo de esta Universidad, para proveer puestos de trabajo vacantes en la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de esta Universidad con arreglo a las siguientes

BASES

  1. Normativa.

    La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en estas bases y, en lo no previsto expresamente en las mismas, le será de aplicación:

    - El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

    - La Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

    - La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

    - La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

    - Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

    - El II Convenio Colectivo para el Personal Laboral de las Universidades Públicas Canarias, publicado en el Boletín Oficial de Canarias el 18 de noviembre de 2013.

    - Los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados por Decreto 30/2003, de 10 de marzo.

    - El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

    - El Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    - La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y restante normativa de general aplicación.

  2. Número y características de los puestos de trabajo.

    2.1. Se convoca concurso de traslado para cubrir, con carácter definitivo, por personal laboral fijo los puestos de trabajo cuyos números, grupos y especialidades profesionales, figuran en el Anexo 1 de esta convocatoria.

    Mediante la presente Resolución se convocan de forma simultánea, en un solo acto, tantos concursos de traslados diferentes como grupos y especialidades profesionales figuran en el Anexo 1 de esta convocatoria, por lo que el trámite y resolución de los mismos se podrá realizar de forma simultánea o independiente.

    2.2. Son objeto de la presente convocatoria los puestos de trabajo que figuran en el Anexo 1 de esta Resolución. El indicado anexo contiene la totalidad de los puestos de trabajo de los correspondientes grupos y especialidades profesionales existentes en la Relación de Puestos de Trabajo vigente, con indicación de las características de cada uno de ellos que figuran en dicha Relación (nº RPT, grupo, especialidad, nivel, jornada, complementos y destino), así como de su situación en cuanto a su ocupación (vacante o no vacante) en el momento de la firma de la presente Resolución.

    2.3. Podrán solicitarse, por orden de preferencia, parte o la totalidad de los puestos de trabajo ofertados, tanto los que se encuentran vacantes como los que figuran como no vacantes. Estos últimos solo serán objeto de adjudicación si resultaran vacantes tras la firma de esta Resolución o como consecuencia de la resolución del concurso.

  3. Publicaciones.

    3.1. La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y en el Boletín Oficial de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (BOULPGC).

    3.2. Todas las actuaciones objeto de publicación que se susciten durante el concurso de traslado, serán publicadas en los tablones de anuncios del Edificio de los Servicios Administrativos, calle Real de San Roque, nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, 35015-Las Palmas de Gran Canaria, siendo este determinante para el cómputo de los diferentes plazos. Así mismo, se publicará en la Delegación de esta Universidad en la isla de Lanzarote, calle Rafael Alberti, nº 50, 35507-Tahíche.

    3.3. Esta información, así como los formularios e impresos, se publicarán también en la siguiente dirección de internet:

    https://www.ulpgc.es/index.php?pagina=subdireccionpas&ver=procesodeconcurso

    3.4. Asimismo, las actuaciones propias del Tribunal serán publicadas además en los tablones de anuncios de las sedes de actuación.

  4. Requisitos de los participantes.

    4.1. Concursantes voluntarios: podrá participar en el presente concurso de traslado, con carácter voluntario, y solicitar la adjudicación de los puestos de trabajo que se especifican en el Anexo 1, el siguiente personal:

    4.1.1. Todo el personal laboral fijo de las Universidades Públicas Canarias que pertenezca, o este adscrito por motivos de salud o por razón de violencia de género, al mismo grupo y especialidad profesional del puesto de trabajo de que se trate, excepto el que se encuentre en alguna de las siguiente situaciones:

    - Suspensión de contrato por ejercicio de cargo público representativo o por privación de libertad mientras no exista sentencia condenatoria firme.

    - Excedencia, en cualquiera de sus modalidades, salvo la excedencia por razón de violencia de género y para cuidado de menores o de familiares.

    4.1.2. Todo el personal laboral fijo de la ULPGC que pertenezca, o este adscrito por motivos de salud o por razón de violencia de género, al mismo grupo y especialidad profesional del puesto de trabajo de que se trate que se encuentren en la situación de excedencia forzosa o en alguna de las situaciones de suspensión de contrato con reserva de puesto de trabajo. En todos los supuestos deberán reunir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos para reingresar.

    4.1.3. Todo el personal laboral fijo de las Universidades Públicas Canarias que pertenezca al mismo grupo y especialidad profesional del puesto de trabajo de que se trate y este adscrito por motivos de salud, rehabilitación, capacidad disminuida o incapacidad permanente total para la profesión habitual que vaya a ser objeto de revisión, a puesto de distinto grupo y especialidad profesional. Siempre que hubiera transcurrido menos de un año desde dicha adscripción en los supuestos de movilidad por motivos de salud, rehabilitación o capacidad disminuida, y menos de dos años en el supuesto de incapacidad permanente total para la profesión habitual que vaya a ser objeto de revisión. En todo caso deberá acreditarse la recuperación de la capacidad para el desempeño de las funciones propias del grupo y especialidad profesional de origen, mediante informe favorable de la unidad de medicina del trabajo del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. En el supuesto de incapacidad permanente total para la profesión habitual deberá aportarse, también, resolución de revisión de dicha incapacidad por la autoridad competente.

    4.1.4. Todo el personal laboral fijo de la ULPGC que se encuentren...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR