RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2016, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos en régimen laboral temporal con cargo a proyectos de investigación.- Ref. 2016_13, 2016_14, 2016_15 y 2016_16.

SecciónII. AUTORIDADES Y PERSONAL
EmisorUniversidad de La Laguna
Rango de LeyResolución

La presente convocatoria se regirá por las presentes bases, por el Reglamento de Contratación de personal con cargo a proyectos y/o convenios de investigación de la Universidad de La Laguna, y por los principios de igualdad, mérito y capacidad que ha de regir el acceso a la Administración Pública.

En su virtud, y de conformidad con la Resolución de 3 de julio de 2015, por la que se aprueban la delegación de competencias del Rector y las suplencias de la Universidad de La Laguna (BOC nº 134, de 13 de julio de 2015), este Vicerrectorado de Investigación resuelve aprobar la presente convocatoria con arreglo a las siguientes

BASES

  1. - Objeto.

    El presente concurso tiene por objeto la selección de personal para la suscripción de los contratos laborales temporales que se indican en cada uno de los anexos adjuntos a esta convocatoria.

    Dicha contratación no supone compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación del contratado a la plantilla de la Universidad de La Laguna.

  2. - Requisitos de los candidatos.

    Para ser admitido a estas pruebas selectivas deberán reunirse los siguientes requisitos:

    2.1. Nacionalidad:

    1. Tener la nacionalidad española.

    2. Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.

    3. Los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, cuando sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes y vivan a su cargo.

    4. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    5. Los extranjeros de países no miembros de la U.E. o que no estén incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la U.E. y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. No obstante, en este caso, la suscripción del contrato se condiciona a que los aspirantes tengan concedida excepción de permiso de trabajo y residencia legal en España, conforme a lo previsto en el artículo 72 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización.

    6. En el momento de presentación de la solicitud de participación deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho de libre circulación de trabajadores.

    La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen y traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo del concurso y cuyo conocimiento será exigible a todos los participantes.

    2.2. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    2.3. Edad. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

    2.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española acreditarán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

    2.5. Poseer la titulación académica exigida en el correspondiente anexo según el contrato al que se opte. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial que acredite su homologación.

    2.6. No haber estado contratado, mediante dos o más contratos temporales, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo, en la Universidad de La Laguna, bien directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, por un plazo de veinticuatro meses en un período de treinta meses, contando la duración del contrato previsto en la presente convocatoria.

    Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse a día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la vigencia del contrato.

  3. - Cuantía y financiación de los contratos.

    3.1. La cuantía de los contratos...

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