DECRETO 421/1984, de 13 de Abril, sobre regulaciòn provisional de los Patronatos para la mejora de la vivienda rural.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Obras Pública,Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 2729/1983, de 25 de Agosto determino el traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de vivienda rural.

En virtud del mismo se transfirieron los Patronatos Provinciales para la Mejora de la Vivienda Rural de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas.

Por otra lado se negocia en la actualidad la transferencia de vivienda y patrimonio arquitectónico, sin que por ello y hasta tanto sea efectivo el traspaso sea posible el desarrollo de una política general de vivienda.

Todo ello impone la conservación siquiera sea provisional del marco actual de promoción y mejora de la vivienda rural, procediendo a una adaptación de composición de los órganos rectores de los Patronatos Provinciales adecuándola a la organización de la Administración Autonómica.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y previa deliberación del Gobierno de Canarias en sesión celebrada el día 13 de Abril de 1984,

DISPONGO

Artículo único. - Los Patronatos Provinciales para la Mejora de Vivienda Rural de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas, dependientes de la Consejería de Obras Pùblicas, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, estarán regidos por sendas Juntas Rectoras de la siguiente composición:

Presidente: El Director General de Urbanismo, Arquitectura y Vivienda.

Vicepresidente: El Director General de Investigaciòn , Formación Profesional y Asistencia Técnica Agraria.

Vocales: El Jefe de la Unidad de Urbanismo de la provincia correspondiente.

Un representante de la Consejería de Administración Territorial y Desarrollo Autonómico.

Un representante de la Consejería de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social.

Secretario: El...

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