DECRETO 30/1993, de 5 de marzo, de regulación de la Comisión Interdepartamental para la reforma administrativa.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

Los recientes estudios sobre estructuras administrativas y efectivos personales de la Administración autonómica han revelado la necesidad de adaptar la organización administrativa al nivel actual de demanda social de prestación de servicios en términos que hagan posible equilibrar los costes de funcionamiento con la utilidad de los resultados.

El sistema instrumental de la Administración debe plantearse con una orientación dirigida sensiblemente hacia los objetivos que justifican la propia existencia del aparato público, particularmente, en lo que se refiere a la configuración y funcionalidad de los diferentes órganos y unidades, la operatividad y garantía de los procedimientos y el máximo aprovechamiento de los efectivos personales. La corrección de las desviaciones que en este sentido se han detectado en esos tres campos requiere un tratamiento conjunto de los mismos, a fin de que las medidas que supongan avances administrativos en uno de ellos no se vean obstaculizadas por la falta de elasticidad de los restantes.

Concebidas, pues, las medidas que se deban seguir como una reforma integral, su elaboración exige un complejo proceso de estudio, definición de objetivos, programación de actuaciones e implantación efectiva, cuya dirección sólo puede desarrollarse con provecho desde una organización que conjugue la debida agilidad con el nivel de autoridad requerido. Por esta razón, el presente Decreto encomienda tal función a una Comisión Interdepartamental integrada por el Presidente del Gobierno y los Departamentos directamente afectados por el proceso de reforma en sus diferentes vertientes.

El proceso normativo en que debe reflejarse la reforma administrativa no puede enfocarse con la debida perspectiva si simultáneamente se constituyen situaciones jurídicas desviadas de sus objetivos. Por ello, la Comisión asume funciones ejecutivas del Gobierno en orden a las estructuraciones orgánicas y a las relaciones de los puestos de trabajo.

En su virtud, a propuesta del Presidente, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 5 de marzo de 1993,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- La Comisión Interdepartamental para la reforma administrativa tiene como finalidades:

a) adaptar las estructuras organizativas a los principios de eficacia, eficiencia y economía;

b) orientar los procedimientos administrativos hacia los principios generales establecidos en la legislación sobre el procedimiento...

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