DECRETO 125/1988, de 1 de agosto, por el que se ~lía el anexo del Decreto 41/1988, de 3 de marzo, por el que se desarrolla lo previsto en el artículo 24.2 de la Ley 13/1987, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio de 1988 y se delega en los miembros del ...

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Hacienda
Rango de LeyDecreto

El artículo 24.2 de la Ley 13/1987, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 1988, establece que el Gobiemo mediante acuerdo podrá otorgar subvenciones nominadas e institucionalizadas por razones de reconocido interés público debidamente justificadas.

Por Decreto 41/1988, de 3 de marzo, se desarrolla lo previsto en el artículo 24.2 citado y se delega en los miembros del Gobicmo la concesión de determinadas subvenciones.

Tal y como se expresa en el Preámbulo del referido Decreto, su justificación descansa, por una parte, en tratar de unificar en un solo acto la declaración de reconocido interés público de los epígrafes de las subvenciones incluidas en las líneas de actuación detalladas en el anexo de ese Decreto, y de otra, delegar en los miembros del Gobiemo el otorgamiento individualizado conforme a sus respectivas materias, hasta un importe total de 10.000.000 de ptas., y ello por meras razones de agilidad y eficacia procedimental.

No incluyéndose en su momento determinados epígrafes de subvenciones que son competencia de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, se hace necesario la ampliación de dicho anexo.

En su virtud, oída la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, a propuesta del Consejero de Hacienda y previa deliberación del...

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