DECRETO 76/1994, de 27 de mayo, del Presidente, por el que se convocan ayudas al emigrante canario en el exterior.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio económico de 1994, contemplan créditos destinados para ayudas a los emigrantes canarios en el exterior. Visto el Decreto 31/1993, de 5 de marzo, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Autonómica de Canarias. Visto el Decreto 206/1993, de 9 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, en su virtud, en el ejercicio de las competencias que tengo conferidas, D I S P O N G O: Primero.- Efectuar convocatoria pública para el otorgamiento de ayudas sociales a los emigrantes canarios en el exterior por un importe de cincuenta y cinco millones quinientas mil (55.500.000) pesetas. Dicha cantidad se encuentra consignada en el Presupuesto de Gastos de la Presidencia del Gobierno para 1994, aplicación 0607.112 P.490.00, línea de actuación 06.401.902 ¿Ayudas al Emigrante¿. Segundo.- Podrán acogerse a las ayudas convocadas mediante este Decreto los emigrantes canarios que residan fuera del territorio de la Comunidad Autónoma, que se encuentren en situación de necesidad, situación o hecho que afecte a su autonomía social y económica con el fin de lograr su normal desarrollo humano y social. Tercero.- Las solicitudes se dirigirán al Presidente del Gobierno de Canarias y se presentarán en la Viceconsejería de Relaciones Institucionales, calle La Marina, 19, Edificio Duque Santa Elena, 38002, Santa Cruz de Tenerife y en la Plaza Dr. Rafael O¿Shanahan, 1, 35004, Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias. Cuarto.- 1º) El modelo de solicitud es el que se incluye en el anexo I, irá firmada por el solicitante y se consignarán todos los datos que en ella se indican, y se acompañará de la siguiente documentación: a) Documento acreditativo del lugar de nacimiento del solicitante. b) Documento acreditativo del lugar de residencia del solicitante. c) Documento de Identificación Fiscal, en el caso de los residentes en territorio español. d) Documentos que justifiquen los ingresos económicos del solicitante y del resto de la unidad familiar, en el caso que corresponda. e) En caso de enfermedad física o psíquica, deberá acreditarlo mediante certificado médico. f) Cualquier medio de prueba admisible en Derecho acreditativo de la situación, estado o hecho en que se encuentre o soporte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR