DECRETO 108/1986, de 26 de junio, por el que se organizan las funciones asumidas por la Consejería de la Presidencia en materia de medios de comunicación social.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de La Presidencia
Rango de LeyDecreto

El Decreto 96/1986, de 6 de junio, asigna a la Consejería de la Presidencia las funciones traspasadas por Real Decreto 801/1986, de 7 de marzo, en materia de medios de comunicación social.

En el seno del Departamento, la organización del ejercicio de dichas competencias requiere su distribución entre los órganos en que se estructura, lo que es objeto de este Decreto, que mantiene la regulación unitaria del Reglamento de organización y funcionamiento de la Consejería y el tono de desconcentración administrativa que en el mismo se establece.

En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 26 de junio de 1986,

D 1 S P 0 N G O:

Artículo único.- I. Se añade el capítulo X al Reglamento de organización y funcionamiento de la Consejería de la Presidencia, aprobado por Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, con la rúbrica «medios de comunicación».

2. El capítulo X constará de los siguientes artículos:

Artículo 132.- La Secretaría general técnica ejercerá las funciones que corresponden a la Administración Autonómica en materia de gestión del régimen de ayudas a empresas periodísticas, y agencias informativas en los términos previstos en la legislación estatal.

Artículo 133.- 1. En el marco de las normas básicas y de acuerdo con los planes técnicos estatales, el Gobierno, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Podrá otorgar concesiones para la instalación y el funcionamiento de estaciones de radiodifusión en ondas métricas con modulación de frecuencia.

2. En caso de incumplimiento de la normativa aplicable o de las condiciones que rijan en la concesión, el Consejero de la Presidencia, a propuesta del Secretario general técnico, podrá declarar la caducidad de la misma.

3. La clausura de las estaciones que funcionen sin concesión se resolverá por el Secretario general técnico de la...

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