ORDEN JUS/626/2019, de 28 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses de la Administración de Justicia.

SecciónII. AUTORIDADES Y PERSONAL
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017, y los Reales Decretos 954/2018, y 955/2018, de 27 de julio, por los que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018, con el fin de atender las necesidades de personal al servicio de la Administración de Justicia.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, el Reglamento 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, de conformidad con la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.

El mencionado Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, que aprueba a oferta de empleo público de estabilización para personal de la Administración de Justicia para 2018, prevé la acumulación de esta oferta con la de 2017, por lo que, en aras de una mayor eficiencia y eficacia, se incluyen todas las plazas ofertadas en 2017 y 2018 en una única convocatoria, lo que ha sido objeto de negociación colectiva en el ámbito de la Administración de Justicia.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos, así como la normativa sobre protección de datos de carácter personal.

También tiene en cuenta los principios de igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad y sus derechos, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad y el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará en el punto de acceso general, www.administracion.gob.es y en la página web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público).

  1. Descripción de las plazas.

    1.1 Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir 137 plazas en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses, a través del sistema de concurso-oposición de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017, y los Reales Decretos 954/2018, y 955/2018, de 27 de julio, por los que se aprueban la oferta de empleo público para el año 2018, tal y como se establece en el siguiente cuadro:

    Ver anexo en la página 25039 del documento Descargar

    La convocatoria de las plazas dispuestas en el cuadro anterior se llevará a cabo conjuntamente, de acuerdo con la siguiente distribución territorial:

    Ver anexo en la página 25040 del documento Descargar

    1.2. Del total de las plazas convocadas se reservarán 10 plazas, con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y siempre que superen las pruebas selectivas.

    La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud donde se acreditará el grado de discapacidad según lo establecido en el artículo 2 del citado Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, al igual que la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Médicos Forenses. Asimismo, será de aplicación la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, cuando así lo soliciten.

    Se considerarán afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 33% de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

    Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular a las de sistema general.

    Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar por el resto de plazas del sistema general.

    1.3. Los aspirantes solo podrán participar por un ámbito territorial y, en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto. No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada la solicitud, salvo para el caso de que se produjeran vacantes en un determinado ámbito territorial, en cuyo caso se ofrecerá relación complementaria a los aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios en la fase de oposición y valorados sus méritos en la fase de concurso, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.

    1.4. Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el Boletín Oficial del Estado y en los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, los términos y plazos establecidos en la presente convocatoria se contarán a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

  2. Proceso selectivo.

    2.1. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición. La fase de oposición será eliminatoria y se desarrollará en primer lugar con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el Anexo I-A de esta convocatoria.

    A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les aplicará el baremo de méritos de la fase de concurso que se especifican en el Anexo I-B de esta convocatoria.

    2.2. El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo teórico-práctico en el Centro de Estudios Jurídicos o en los centros, institutos o servicios de formación o centros de destino de las Comunidades Autónomas por las que concurran los aspirantes. Los que hayan superado las fases de oposición y de concurso, cuyo número no podrá ser superior al de plazas convocadas en cada ámbito territorial, a excepción de lo señalado en la base 1.3, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad competente del Ministerio de Justicia.

    2.3. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso. La valoración del idioma y Derecho Foral solo se tendrá en cuenta para determinar el orden de puntuación en su respectivo ámbito territorial.

    2.4. En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito a un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de aprobados que contravengan esta limitación.

    2.5. En caso de empate el orden de puntuación se establecerá como sigue: primará la fase de oposición; en segundo lugar, la fase de concurso; en tercer lugar, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo, tercer, y primer ejercicio, por este orden. De persistir el empate se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base específica 7.1.

  3. Programa.

    El programa que ha de regir la fase de oposición se...

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