ORDEN de 28 de marzo de 2019, por la que se convoca procedimiento selectivo para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2018.

SecciónII. AUTORIDADES Y PERSONAL
EmisorConsejería de Educación y Universidades
Rango de LeyOrden

Con el fin de atender a las necesidades de dotación de la Inspección de Educación en esta Comunidad Autónoma, y teniendo en cuenta el siguiente

ANTECEDENTE DE HECHO

Único.- El Decreto 189/2018, de 26 de diciembre (BOC nº 252, de 31.12.18), aprobó la Oferta de Empleo Público del personal docente no universitario para 2018 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. El mismo fija en diez (10) las plazas reservadas para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.

Al anterior antecedente le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria (BOC nº 152, de 7.8.14), y en particular su artículo 63, que establece que la selección y provisión del personal funcionario para el ingreso en los distintos cuerpos docentes se llevará a cabo en la forma establecida por la normativa básica del Estado, en la presente ley y en las normas que se dicten en desarrollo de las mismas.

Segundo.- El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE nº 261, de 31.10.15), establece en su artículo 62 que la condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos: superación del proceso selectivo, nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario Oficial correspondiente, acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico y toma de posesión dentro del plazo que se establezca. A efectos del nombramiento, no podrán ser funcionarios y quedarán sin efecto las actuaciones relativas a quienes no acrediten, una vez superado el proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria.

Tercero.- La Disposición adicional décima , apartado 5, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4.5.06), establece los requisitos que deben reunir los candidatos para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación.

Cuarto.- La Disposición adicional duodécima, punto 4, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la citada Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR