ORDEN de 18 de diciembre de 2017, por la que se convocan con carácter anticipado para el ejercicio 2018 subvenciones destinadas a sufragar gastos de desplazamientos a actividades deportivas y se aprueban las bases que han de regir las mismas.
Sección | III. OTRAS RESOLUCIONES |
Emisor | Consejería de Turismo, Cultura y Deportes |
Rango de Ley | Orden |
Visto el expediente relativo a la convocatoria para el ejercicio 2018, de subvenciones destinadas a sufragar los gastos de los desplazamientos a actividades deportivas, y se aprueban las bases que han de regir las mismas, y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Las subvenciones que se convocan están destinadas a sufragar los gastos de los desplazamientos a actividades deportivas, entendiendo como tal los desplazamientos de deportistas, de técnicos y auxiliares a competiciones y actividades de ámbito interinsular, estatal e internacional, de técnicos para impartir cursos de formación, supervisión y seguimiento de deportistas, así como los desplazamientos de miembros de los órganos de gobierno y de representación de las federaciones deportivas canarias.
Segundo.- Las subvenciones que se convocan se encuentran en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento que ha sido aprobado para las anualidades de 2016-2018 por Orden nº 45, de fecha 9 de marzo de 2016, de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, modificado por Orden de 29 de julio de 2016, Orden de 24 de noviembre de 2016, Orden de 17 de marzo de 2017 y Orden de 9 de noviembre de 2017.
Tercero.- En el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 está previsto crédito adecuado y suficiente para atender las subvenciones que se convocan. Estas subvenciones están financiadas en un 100% por la Comunidad Autónoma de Canarias, y se imputan a la siguiente aplicación presupuestaria:
Ver anexo en la página 38827 del documento Descargar
Cuarto.- Consta en el expediente informe favorable de fiscalización previa de la Intervención General de la Consejería de Hacienda de fecha 14 de diciembre de 2017.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El Estatuto de Autonomía de Canarias en su artículo 30.20 reconoce a la Comunidad Autónoma de Canarias competencias plenas en materia de deporte. Asimismo, la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte, en el artículo 8.1.e) establece, como competencia de la Comunidad Autónoma de Canarias, la organización y promoción de actividades deportivas cuyo interés exceda del ámbito insular.
Segundo.- Las subvenciones que se convocan se rigen, en lo no establecido en estas bases, por la normativa básica estatal contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento; la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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