ORDEN de 13 de febrero de 2018, por la que se modifican las bases reguladoras por las que han de regirse las convocatorias de Becas en Negocios Internacionales.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento
Rango de LeyOrden

Mediante Orden de 5 de abril de 2017, se aprobaron las bases reguladoras por las que han de regirse las convocatorias de Becas en Negocios Internacionales (BOC nº 73, de 17 de abril de 2017).

Con el fin de ajustar las bases a las disponibilidades presupuestarias, en el marco de la cofinanciación del gasto por el Fondo Social Europeo, en el Programa Operativo de Canarias 2014-2020, Eje 3, Prioridad de Inversión 10.2 destinada a la "Mejora de la calidad, la eficacia y la accesibilidad de la educación superior y ciclos equivalentes con el fin de mejorar la participación y el nivel de instrucción, especialmente para los grupos desfavorecidos", objetivo específico 10.2.1, que establece que la formación práctica podrá realizarse en empresas e instituciones relacionadas con los negocios internacionales, se considera preciso modificar algunos aspectos de las bases, fundamentalmente relativos a la variedad de destinos para la realización de la formación práctica en que consiste parcialmente el Programa de Becas en Negocios Internacionales, es decir, las diferentes modalidades de becas en negocios internacionales, dada la adecuación de los resultados obtenidos a los objetivos establecidos en las convocatorias del Programa referido.

En su virtud, a iniciativa de la Viceconsejería de Economía y Asuntos Económicos con la Unión Europea, y a propuesta de la Secretaría General Técnica,

D I S P O N G O:

Artículo único Se modifica el anexo de la Orden de 5 de abril de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras por las que han de regirse las convocatorias de Becas en Negocios Internacionales (BOC nº 73, de 17 de abril de 2017), en los siguientes términos:

Uno. La base primera queda redactada de la siguiente manera:

"El objeto de la presente Orden es regular el régimen aplicable a las convocatorias de Becas en Negocios Internacionales en sus diferentes modalidades, que tienen por finalidad la formación de jóvenes canarios titulados universitarios en materia de internacionalización, así como la creación de una red de agentes internacionales que presten sus servicios a las empresas canarias. Mediante estas becas se concederá a sus beneficiarios:

  1. Formación on-line, mediante una Maestría Universitaria en Negocios Internacionales, por un total de 60 créditos ECTS que se impartirá en español, aunque algunos módulos/asignaturas podrían impartirse en inglés. Esta acción formará a un máximo de sesenta (60) becarios, salvo que en virtud de las disponibilidades presupuestarias existentes pueda aumentarse el número máximo de becas, lo que se hará constar en cada convocatoria, en su caso.

  2. Tras finalizar la acción formativa del apartado anterior, el programa ofrece un máximo de veintidós (22) becas de prácticas, con la misma salvedad expuesta anteriormente a nivel presupuestario, en las siguientes modalidades establecidas en función de la variedad de destinos, que son los que se exponen a continuación:

    b.1.- Export Managers en Oficinas Económicas y Comerciales (OfComes) en el exterior de la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Economía y Competitividad del Gobierno de España, en oficinas de la Fundación Canaria para la Acción Exterior (FUCAEX) o de PROEXCA en el exterior, y/o en la Embajada de España en Mauritania.

    b.2.- Export Managers en empresas internacionales en el exterior.

    b.3.- Export Managers en Organismos Económicos Internacionales en el exterior: la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial, la Organización Mundial del Comercio, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, la Cámara de Comercio Internacional (ICC), el Programa de las Naciones Unidas Para el Desarrollo (PNUD) y la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo.

    b.4.- Export Manager en otras instituciones internacionales de interés económico para Canarias.

    El número de becas de prácticas por modalidad en función del destino se establecerá de acuerdo con las vacantes en las Oficinas Económicas y Comerciales del Gobierno de España que resulten de la participación en el Programa anual que convoca el Gobierno estatal para la adscripción de becarios a esas Oficinas, de las empresas internacionales en el exterior que participen y sean seleccionadas en cada convocatoria de conformidad con lo previsto en la presente Orden, así como de los Organismos Económicos Internacionales en el exterior y de otras instituciones internacionales de interés económico para Canarias que participen en cada convocatoria.

    Dicho objetivo se instrumentará a través de las convocatorias de Becas en Negocios Internacionales dirigidas a jóvenes canarios titulados universitarios.

    Las becas están destinadas a la financiación de dichos estudios y de las prácticas correspondientes".

    Dos. La base tercera queda redactada de la siguiente manera:

    "Se designa a la sociedad mercantil pública "Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A." (en adelante PROEXCA), como entidad colaboradora de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento para la gestión de las convocatorias de las becas, así como en la entrega y distribución de los fondos públicos a los beneficiarios, para cuya efectividad se suscribirá el oportuno convenio de colaboración. En el convenio se detallarán, entre otros extremos, el plazo y la forma de justificación de PROEXCA como entidad colaboradora y las condiciones y obligaciones asumidas por la misma.

    La justificación de la designación expuesta parte por un lado, del artículo 12.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 5, apartados c) y f) del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con lo dispuesto en la Orden de 10 de marzo de 1995, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen los requisitos de solvencia y eficacia para ser entidad colaboradora en materia de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que posibilitan la designación de PROEXCA como entidad colaboradora, al tratarse de una sociedad mercantil pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma que reúne las condiciones de solvencia y eficacia exigidas. Asimismo, hay que tener en cuenta el artículo 2 de sus Estatutos Sociales, que establece que PROEXCA podrá "intermediar en la gestión de subvenciones o ayudas de todo tipo". Por otro lado, la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, dado lo excepcional de la actuación descrita, no cuenta con los medios personales y materiales suficientes para el adecuado desarrollo de la misma, por lo que se considera conveniente designar a PROEXCA como entidad colaboradora, ya que cuenta con equipos técnicos de amplia experiencia, tal y como se desprende de los resultados obtenidos con las actuaciones desarrolladas a partir de encomiendas de gestión previas suscritas entre dicha sociedad mercantil pública y el Gobierno de Canarias, lo cual representa una garantía de éxito para el desarrollo de los objetivos previstos en la presente Orden, y es una de la empresas del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias mejor especializadas en internacionalización".

    Tres. El apartado 2 de la base quinta queda redactado de la siguiente manera:

    "2. La concesión y disfrute de la beca de formación teórica y de la beca de prácticas no establecerá relación contractual o estatutaria alguna entre la persona becada y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la entidad colaboradora PROEXCA, FUCAEX, la Embajada de España en Mauritania, así como la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Economía y Competitividad del Gobierno de España, las empresas internacionales, los Organismos Económicos Internacionales u otras instituciones internacionales de interés económico para Canarias, siendo la Resolución de concesión de las becas de formación teórica y la de las becas de prácticas la que determina el momento de inicio y de finalización de la condición de persona becada en cada caso".

    Cuatro. La base sexta queda redactada de la siguiente manera:

    "1. Para ser admitidos al proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  3. No tener más de 29 años durante el año en curso en el que se publique la correspondiente convocatoria.

  4. Estar en posesión de una licenciatura o diplomatura universitaria, o grado universitario, preferentemente en el área de Economía.

  5. Dominio de la lengua castellana.

  6. Nivel de inglés intermedio alto (B2), de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas. Se valorará el conocimiento de otros idiomas como el francés, portugués, alemán u otros.

  7. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones como Export Manager en el momento de aceptación de la beca de formación teórica y en el de la aceptación de la beca de prácticas.

  8. Estar empadronado/a o acreditar la residencia en la Comunidad Autónoma de Canarias al menos durante los dos últimos años.

  9. No haber sido beneficiario de ninguna otra ayuda o beca de prácticas en el exterior de una duración superior a seis meses tras finalizar los estudios universitarios.

  10. No haber renunciado a ninguna de las becas convocadas o gestionadas por PROEXCA.

  11. No haber suspendido alguno de los módulos de las formaciones del proceso de selección de los programas de becas gestionados o convocados por PROEXCA en ediciones anteriores.

  12. No estar...

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