DECRETO 76/1992, de 22 de mayo, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa con motivo de la realización de las obras incluidas en el proyecto de ¿Variante de la carretera insular TF-6237 en el cruce de Barranco de Taucho (Armeñime)¿.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorC.la Presidencia
Rango de LeyDecreto

Examinado el expediente tramitado a instancia del Cabildo Insular de Tenerife, para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la realización de las obras incluidas en el proyecto de ¿Variante de la Carretera Insular TF-6237 en el cruce del Barranco de Taucho (Armeñime)¿ y teniendo en cuenta la acreditación que de los requisitos exigidos para aprobar tal declaración se hace en dicho expediente, como son:

1.- La declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos correspondientes a los fines de expropiación, así como la de los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y en las modificaciones de obra que puedan aprobarse posteriormente, se entiende implícita en la aprobación del proyecto de carretera, según lo establecido en el artº 13 de la Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias.

2.- La urgencia resulta motivada por la acuciante necesidad de corregir, mediante la ejecución de una variante de alta calidad vial que evite los riesgos de siniestralidad existentes en estos momentos, las graves deficiencias que presenta la actual carretera y que estriban en la disfuncionalidad de su desarrollo en planta, el exceso de pendientes en el acceso y salida (efecto ¿badén¿) en el viaducto sobre el barranco y la brusca disminución del ancho de los carriles.

3.- La definición y situación de los bienes y derechos afectados por las obras resultan idóneas para el objeto pretendido, según se desprende del expediente aportado por el Cabildo Insular de Tenerife.

4.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos en el periodo de información pública, por plazo de 20 días; ya que no se conocían los domicilios de los afectados y no pudiéndose proceder, por lo tanto, a la notificación individual, el Cabildo Insular de Tenerife realizó la notificación de forma simultánea por edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife de 8 de octubre de 1990, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Adeje y en el del propio Cabildo Insular, haciéndose constar la relación de bienes y derechos y los titulares afectados.

Durante dicho plazo, fueron presentadas dos alegaciones que fueron desestimadas por acuerdo del Pleno del Cabildo en sesión de 31 de enero de 1991, aprobándose definitivamente el proyecto, lo que se notificó a los interesados; contra dicho acuerdo se interpuso un recurso de...

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