DECRETO 46/1998, de 2 de abril, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa para la realización del proyecto de mejora de las vías de El Sauzal.- Clave: 04-TF-336.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
Rango de LeyDecreto

Examinado el expediente tramitado a instancia de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, para la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por la realización del proyecto de mejora de las vías de El Sauzal. Clave: 04-TF-336, y teniendo en cuenta que se acreditan en el mismo los requisitos legales exigidos para producir tal declaración de urgencia que se contraen a:

1.- La utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y la adquisición de los derechos afectados por la expropiación, resulta implícita en la aprobación del proyecto de referencia, a tenor de lo establecido en el apartado uno del artículo 13 de la Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias.

2.- La urgencia se basa en que la zona, origen del expediente de referencia, se encuentra situada al borde de la carretera existente, siendo un terreno de labor con taludes verticales de más de 3 metros de altura, de material arcilloso, muy sensible a las variaciones higrométricas, humedad-sequedad, que producen desprendimientos con evidente peligro para los vehículos y peatones usuarios de esta vía. Como consecuencia de la ampliación de la carretera, se ha desprovisto a los antiguos taludes de la vegetación existente, originando unos nuevos desprotegidos y más vulnerables a las variaciones climáticas (muy significativas en terrenos arcillosos) y al riesgo de desprendimientos, que inciden directamente sobre las aceras. La carretera es usada a diario por un número elevado de vehículos, incluidos los de transporte público interurbano y los de transporte escolar. Los usuarios no son solo residentes en la zona sino también en tránsito hacia la autopista TF-5, ya que la vía accede directamente al enlace de El Sauzal.

3.- La definición y situación de los bienes y derechos afectados por las obras resultan idóneas para el objeto pretendido según se desprende del expediente aportado por la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas.

4.- Se ha tramitado expediente de información pública, según lo establecido en el artículo 18 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, publicándose anuncios en el Boletín Oficial de Canarias nº 162, de 17 de diciembre de 1997, en un periódico de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de El Sauzal, no habiéndose presentado alegación alguna.

Vistos los artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y 56 y siguientes de su Reglamento, a propuesta del Consejero de...

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