DECRETO 20/1994, de 11 de febrero, por el que se regula la concesión y el procedimiento para su otorgamiento, de subvenciones destinadas a adquirentes en primera transmisión, a adjudicatarios y promotores para uso propio de viviendas de protección oficial en régimen especial.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorAyuntamiento de Teguise (Lanzarote)
Rango de LeyDecreto

El II Plan Canario de Vivienda (1992-1995), aprobado en sesión plenaria del Parlamento celebrada el día 30 de junio de 1992, establece la política de vivienda para el cuatrienio 1992-1995, atendiendo a una clara voluntad por parte del Gobierno de Canarias de paliar, tanto por su importancia como por su incidencia, la difícil situación que en materia de vivienda Canarias padece, contemplándose una serie de programas de actuación, destinadas a dar respuesta a la demanda de vivienda existente en nuestra Comunidad, a fin de facilitar el acceso a una vivienda a aquellos sectores de población con menores niveles de renta. Por otra parte, el Real Decreto 1.932/1991, de 20 de diciembre, sobre medidas de financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda del Plan 1992-1995, limita, en su artículo 50, la distribución territorial de actuaciones protegibles durante el Plan 1992-1995, que se efectuará mediante la firma, en su caso, de Convenios bilaterales entre el actual Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y las Comunidades Autónomas, en los cuales se acordarán, entre otros, los objetivos totales en número de actuaciones protegibles a financiar y los compromisos presupuestarios a asumir por parte de cada Administración y los compromisos de aportación de suelo a precio reducido por parte de las Comunidades Autónomas y en materia de gestión del Plan. Al objeto de poder acogerse a los beneficios establecidos en el citado Real Decreto, la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, con fecha 21 de enero de 1992, suscribió un convenio sobre actuaciones de vivienda y suelo para el periodo 1992-1995. Por todo ello, la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas dictó con fecha 20 de julio de 1992 una Orden por la que se regula la concesión y el procedimiento para su otorgamiento de subvenciones destinadas a adquirentes en primera transmisión y promotores para uso propio de viviendas de protección oficial en régimen general y para la adquisición de viviendas a precio tasado, siendo necesario para cubrir todo el espectro de posibilidades, el establecimiento del instrumento normativo adecuado que regula la concesión y el procedimiento para otorgamiento de las ayudas económicas que la Comunidad Autónoma de Canarias otorga, con cargo a sus Presupuestos Generales, a los adquirentes en primera transmisión y a promotores para uso propio de viviendas de protección oficial...

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