DECRETO 276/1996, de 8 de noviembre, por el que se aprueba un Plan de Empleo de reestructuración de la Vigilancia Fiscal, Unidad adscrita a la Consejería de Economía y Hacienda.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Presidencia y Relaciones Institucionales
Rango de LeyDecreto

Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Economía y Hacienda para la aprobación de un Plan de Empleo limitado al ámbito de la Vigilancia Fiscal, Unidad adscrita a la Dirección General de Tributos, en las islas de Gran Canaria y Tenerife.

Considerando justificadas las razones que se aportan en el expediente, acordes con los artículos 18 y 20.g) de la Ley 30/1984, según la redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, así como el artículo 60 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Visto el artículo 7.1.h) del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, así como la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 9/1995, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1996.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Economía y Hacienda y a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia y Relaciones Institucionales y de Economía y Hacienda, previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 8 de noviembre de 1996,

D I S P O N G O:

Aprobar un Plan de Empleo limitado al ámbito de la Vigilancia Fiscal, Unidad adscrita a la Consejería de Economía y Hacienda, en las islas de Gran Canaria y Tenerife, en los términos que se especifican en el anexo.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 8 de noviembre de 1996.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA

Y RELACIONES INSTITUCIONALES,

Ignacio Manuel González Santiago.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

José Carlos Francisco Díaz.

A N E X O

PLAN DE EMPLEO LIMITADO AL ÁMBITO DE LA VIGILANCIA FISCAL, UNIDAD ADSCRITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS, EN LAS ISLAS DE GRAN CANARIA Y TENERIFE

  1. PREVISIONES Y MEDIDAS

El Plan de Empleo que se propone contiene las siguientes previsiones y medidas:

  1. ) Redistribución de funciones.

    De acuerdo con lo expuesto en el apartado anterior, procede entrar a definir las competencias que en lo sucesivo desempeñará la Vigilancia y las Unidades Administrativas que asumirán el desempeño de funciones que tradicionalmente han venido siendo desempeñadas por este colectivo:

    1. Funciones de los Vigilantes Fiscales: reconocimiento y verificación de mercancías, levantes, cotejos de listados, tanto en vía marítima como aérea. Actuaciones administrativas inherentes a estas tareas, incluyendo registro de datos de las mismas, tanto por medios manuales como mecánicos, así como las propias de su Cuerpo.

    2. Funciones de los Jefes de Negociado: llevanza y control de la actividad administrativa de la sección. Propuesta y control de los servicios realizados por la vigilancia en el desempeño del trabajo y en cada uno de sus puntos de actuación. Autorizaciones de rápidas retiradas de mercancías. Las propias de su Cuerpo y todas aquellas recogidas en los Reglamentos de Organización de la Comunidad Autónoma de...

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