ORDEN de 23 de marzo de 1998, por la que se aprueba la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Ingenio (Gran Canaria) en la zona de El Burrero.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Política Territorial y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Resultando que el Ayuntamiento de Ingenio (Gran Canaria), en sesión celebrada el 28 de septiembre de 1993, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación inicial de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias municipales, por la que se cambian las clasificaciones y calificaciones de varias parcelas situadas en la Avenida Marítima y calles Matías Vega, La Corsa, Simón Benítez y Tomás Arroyo Cardoso de El Burrero, así como el sometimiento del citado expediente al correspondiente trámite de información pública.

Resultando que el Ayuntamiento de Ingenio (Gran Canaria), en sesión celebrada el 24 de enero de 1994, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación provisional de la mencionada Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias municipales.

Resultando que, tras diversos trámites y con fecha 15 de abril de 1997, se dictó Orden Departamental nº 223 por la que se suspendió la aprobación definitiva de la modificación pretendida en tanto se daba cumplimiento a lo requerido por el Consejo Consultivo de Canarias en su Dictamen nº 23/1997, de 5 de marzo.

Resultando que, con fecha 30 de octubre de 1997, la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias informó favorablemente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Ingenio (Gran Canaria) en la zona de El Burrero, al entender que se han subsanado las deficiencias puestas de manifiesto en el citado Dictamen del Consejo Consultivo de Canarias.

Resultando que, con fecha 2 de febrero de 1998, el Consejo Consultivo de Canarias emitió Dictamen nº 10/98 en sentido favorable a la modificación propuesta en la zona de El Burrero, término municipal de Ingenio (Gran Canaria).

Considerando que se han cumplido los trámites establecidos en la vigente legislación.

Considerando que la pretendida modificación tiene el carácter de cualificada y requiere, con anterioridad a su aprobación definitiva, los informes favorables de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en virtud del artículo 15.6 del Decreto 107/1995, de 26 de abril, sobre Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente, y del Consejo Consultivo de Canarias, de acuerdo con el artículo 50 del Real Decreto 1.346/1986, de 9 de abril, sobre Texto Refundido de la Ley sobre Régimen...

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