DECRETO 220/1990, de 25 de octubre, por el que se establecen ayudas complementarias a las del Real Decreto 808/1987, de 19 de junio, en zonas con actuaciones específicas de desarrollo integral, para el ahorro de agua y para los agricultores jóvenes.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorAyuntamiento de Vega de San Mateo (Gran Canaria)
Rango de LeyDecreto

El Reglamento (C.E.E.) nº 797/1985, sobre la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias, aplicado a España a través del Real Decreto 808/1987, preveía un incremento de las ayudas en 10 puntos, expresada en porcentajes del importe de la inversión, para todos los planes de mejora presentados hasta el 31 de diciembre de 1989.

Con motivo de la reforma de los fondos estructurales realizada a través del Reglamento (C.E.E.) nº 2.052/1988 y en lo que concierne al F.E.O.G.A., Sección Orientación, a través del Reglamento (C.E.E.) nº 4.256/1988, se aprueba el Reglamento (C.E.E.) nº 3.808/1989 por el que se modifica, entre otros, el Reglamento nº 797/1985 con el objeto de acelerar la adaptación de las estructuras de producción de la agricultura.

Entre las modificaciones introducidas por el Reglamento nº 3.808, está la de ampliar el plazo de aplicación del incremento señalado anteriormente en el Reglamento (C.E.E.) nº 797/1985, en las mismas condiciones, hasta el 31 de diciembre de 1991.

El Gobierno de Canarias, al objeto de colaborar con la política comunitaria en materia de estructuras agrarias, asume este incremento durante el plazo señalado tanto en las zonas con Programas de Ordenación y Promoción de Recursos Agrarios como en la isla de La Gomera con Programa Operativo Integrado, al mismo tiempo que eleva al máximo la ayuda fijada en el Reglamento (C.E.E.) nº 797/1985.

Por otra parte, se tienen en cuenta dos finalidades concretas de gran trascendencia para el futuro de la región: inversiones destinadas al ahorro de agua y las realizadas por agricultores jóvenes.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley Territorial 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el Decreto 200/1985, de 13 de junio, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 25 de octubre de 1990,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- 1. Las inversiones inmobiliarias en explotaciones agrarias situadas en zonas con Programas de Ordenación y Promoción de Recursos Agrarios del Gobierno de Canarias que comprenden la isla de El Hierro y norte de La Palma en los municipios de Barlovento, Garafía, Puntagorda, San Andrés y Sauces y Tijarafe, así como en la isla de La Gomera con Programa Operativo Integrado, realizadas por agricultores que reúnan los requisitos del artículo 5º del Real Decreto 808/1987...

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