DECRETO 61/2006, de 16 de mayo, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento 'El Exconvento de San Agustín y los Bienes Muebles Vinculados', situado en el término municipal de Tacoronte, isla de Tenerife, delimitando su entorno de protección.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

Visto el expediente instruido por el Cabildo Insular de Tenerife para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor del Exconvento de San Agustín, situado en el término municipal de Tacoronte y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO I. Mediante Resolución de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Canarias de 12 de febrero de 1985, se incoa expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de "El Exconvento de San Agustín", situado en el término municipal de Tacoronte, sometiendo el mismo a información pública, por el plazo legalmente establecido.

  1. El antiguo convento originalmente incluía tanto las dependencias del mismo (hoy pertenecientes al Ayuntamiento de Tacoronte) como la iglesia conventual (actual Santuario del Cristo) por tanto se debe considerar a efectos de su declaración como Bien de Interés Cultural un único inmueble dado que históricamente configuraron ambos el complejo conventual.

  2. Habiendo sido notificado el trámite de audiencia a los interesados, consta la presentación de alegaciones las cuales fueron estimadas por Resolución del Consejero Accidental de Cultura, Educación, Empleo, Juventud y Deporte del Cabildo Insular de Tenerife de fecha 17 de agosto de 1999.

  3. Constan en el expediente los anexos relativos a la delimitación gráfica y escrita del bien, así como su justificación.

  4. Con fechas 20 de enero de 1986 y 26 de junio de 1986 se solicitaron los dictámenes a la Universidad de La Laguna y a la Real Academia de Bellas Artes de San Miguel Arcángel.

  5. Por Resolución de la Consejera de Cultura, Educación, Empleo y Juventud del Cabildo Insular de Tenerife, de 28 de mayo de 2002, se resuelve elevar este expediente al Gobierno de Canarias para la declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento a favor de "El Exconvento de San Agustín" situado en el término municipal de Tacoronte, isla de Tenerife.

FUNDAMENTOS DE DERECHO De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Octava de la Ley Territorial 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, la tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico, el Decreto de 16 de abril de 1936 que aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Tesoro Artístico Nacional y el Decreto 662/1984, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la declaración de monumentos y conjuntos histórico-artísticos de interés para la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, a propuesta del...

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