ORDEN de 24 de julio de 2013, por la que se dictan normas sobre elaboración y estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2014.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Economía, Hacienda y Seguridad
Rango de LeyOrden

El Gobierno de Canarias, mediante acuerdo del 5 de julio de 2013, estableció las directrices y criterios a los que se someterá la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2014, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. En dicho acuerdo se recogen las orientaciones, de forma acorde con el Marco Presupuestario a Medio Plazo para el periodo 2014-2016, que debe guiar la formulación de los presupuestos por parte de las diferentes secciones, así como los criterios para priorizar las solicitudes de financiación de las diferentes actuaciones que propongan las mismas, todo ello dentro del marco de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera que rige en la Unión Europea y en el contexto económico y social actual que exigen medidas de dinamización económica y del empleo, así como de sostenimiento de los servicios públicos esenciales como vía fundamental para la cohesión social de Canarias.

En este sentido, la presente orden contiene nuevos requerimientos de información que tratan de optimizar el uso de los recursos financieros disponibles para 2014, solicitándose nueva información respecto al ejercicio anterior, entre otros aspectos, para tratar de calificar las propuestas en cuanto a su capacidad de retorno en el ámbito de los fondos estructurales y del impacto del gasto en la economía y en el empleo. Así mismo, y debido a la reciente creación de diversos fondos sin personalidad jurídica, se solicita información respecto a los mismos para su integración en la elaboración de los presupuestos para 2014.

Dicho Acuerdo contiene, a su vez, un escenario financiero para el próximo ejercicio, sujeto todavía al establecimiento definitivo de los objetivos individuales de estabilidad presupuestaria y de deuda pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como a la comunicación de cuáles serán las entregas a cuenta del sistema de financiación para 2014.

Según el artículo 38 de la Ley antes citada, corresponde al consejero competente en materia de hacienda establecer el procedimiento y los plazos para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Con base en ello, por medio de la presente Orden se inicia el procedimiento de elaboración del anteproyecto de Presupuestos para 2014, estableciéndose la información y los plazos en que la misma debe remitirse a la Dirección General de Planificación y Presupuesto por los distintos centros gestores. Se fijan también las estructuras que articulan toda la información presupuestaria, en el marco de lo establecido en la citada norma.

En consecuencia, en uso de las facultades que me han sido conferidas y de conformidad con lo previsto en los artículos 35 a 43 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, se aprueban las siguientes normas sobre elaboración y estructura de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2014.

CAPÍTULO I Artículos 1 a 14

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS PARA 2014

Artículo 1 Ámbito de aplicación.

La presente orden es de aplicación a los siguientes agentes:

  1. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  2. Sus organismos autónomos.

  3. Las entidades públicas mencionadas en el artículo 2.d) de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

  4. Las entidades públicas empresariales a que se refiere el artículo 2.c) de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

  5. Las sociedades mercantiles públicas.

  6. Las fundaciones públicas autonómicas.

  7. Los consorcios dotados de personalidad jurídica a que se refieren los artículos 6.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, cuando uno o varios de los sujetos enumerados en este artículo hayan aportado mayoritariamente a los mismos dinero, bienes o industria, o se hayan comprometido en el momento de su constitución a financiar mayoritariamente dicho ente y siempre que sus actos estén sujetos directa o indirectamente al poder de decisión de un órgano de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 2 Tramitación.

Los agentes relacionados en el artículo anterior elaborarán sus propuestas de presupuestos de acuerdo con las directrices y criterios aprobadas por el Gobierno al efecto, como se establece en el artículo 38 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

Teniendo en cuenta estas propuestas, una vez analizadas las mismas conforme a las directrices de política presupuestaria dictadas por el Gobierno, y a la vista de la información suministrada por los centros directivos de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad y otros centros que gestionan los ingresos públicos, la Dirección General de Planificación y Presupuesto elaborará los estados de gastos e ingresos del anteproyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2014.

Asimismo, considerando las propuestas que se remitan por los distintos departamentos, la Dirección General de Planificación y Presupuesto confeccionará la propuesta de texto articulado del anteproyecto de Ley.

Ultimadas las propuestas de los estados de ingresos y gastos y del texto articulado, tras el proceso de revisión y análisis presupuestario realizado por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, el Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad someterá al Gobierno el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2014.

Artículo 3 Procedimiento y plazos para la información relativa a los gastos de personal.
  1. La propuesta de gastos correspondientes al capítulo 1 "Gastos de personal" se formulará por las oficinas presupuestarias y unidades asimiladas, mediante la aplicación informática de gestión del Anexo de Personal de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo que se determina en los párrafos siguientes y las directrices técnicas que se recogen en el anexo VIII.

    El plazo para elaborar la propuesta de gastos del capítulo 1 "Gastos de personal" se extenderá del 10 al 20 de septiembre de 2013 ambos inclusive.

  2. Durante el plazo antes mencionado las oficinas presupuestarias y unidades asimiladas, ajustándose a las directrices para la elaboración del presupuesto aprobadas por el Gobierno, deberán grabar en la aplicación informática las dotaciones globales de los gastos de personal no afectos a los puestos de trabajo, que siendo necesarias resulten justificadas en la ficha CA-1 del anexo VII.

  3. Las oficinas presupuestarias y unidades asimiladas deberán comprobar que los datos grabados en la aplicación de gestión del Anexo de Personal coinciden, íntegramente, con los que figuran en la relación de puestos de trabajo, plantilla orgánica o documento equivalente vigente. Asimismo, se revisarán los efectivos reales teniendo en cuenta que la aplicación informática reflejará la situación de la nómina a 20 de agosto de 2013 para los entes que abonen la nómina mediante la aplicación centralizada. Para el personal docente no universitario la situación será la del presupuesto 2013 aprobado, y para el Servicio Canario de la Salud la que derive de Sirhus a 20 de agosto. Realizada esta comprobación se formularán las correcciones que se requieran y se incluirán las dotaciones globales que se estimen necesarias para completar la propuesta de Anexo de Personal del Presupuesto de 2014 en la aplicación informática.

    En el supuesto de que la correspondiente relación de puestos de trabajo, plantilla orgánica o documento equivalente experimente alguna modificación a partir de 20 de agosto de 2013 y aún estuviera abierto el plazo de elaboración del anteproyecto de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2014, las oficinas presupuestarias y unidades asimiladas deberán actualizar la información que figura en la aplicación de gestión del Anexo de Personal, introduciendo al efecto los datos correspondientes. Si el plazo estuviera cerrado, deberá comunicarse a la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

    La cobertura presupuestaria de los puestos no dotados en el ejercicio 2014 que se hayan ocupado a partir del 20 de agosto de 2013, requerirá la tramitación de una trasferencia de crédito mediante la cual se desplace el crédito de las aplicaciones presupuestarias que financien el puesto de origen a las aplicaciones presupuestarias que financian el puesto de destino. Será requisito indispensable llevar a cabo la misma transferencia de crédito en 2013. Una vez elaborada la propuesta de gastos del capítulo 1 "Gastos de personal" mediante la aplicación correspondiente, las oficinas presupuestarias y unidades asimiladas deberán enviar en la fecha establecida en este artículo a la Dirección General de Planificación y Presupuesto la documentación que se determina en el anexo VIII, y en particular, la siguiente:

    - Justificación de las modificaciones y propuestas introducidas en la aplicación de gestión del Anexo de Personal.

    - La ficha CA-1 que se recoge en el anexo VII, debidamente cumplimentada, para las dotaciones globales que siendo necesarias para el abono de las retribuciones de los efectivos de 2014 se encuentren debidamente justificadas.

    - Relación de las plazas cuyos titulares se hayan jubilado en 2013, indicando el servicio y el programa presupuestario en el que causaron baja.

    - Relación de las plazas cuyos titulares se prevean jubilar en 2014, indicando el servicio y el programa presupuestario en el que causaran baja.

    - Relación de plazas que hayan quedado vacantes sin derecho a reserva en 2013 por causas distintas a la jubilación y a la movilidad de personal.

  4. El informe de totalización de las...

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