DECRETO 290/2001, de 16 de noviembre, del Presidente, por el que se resuelve parcialmente la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en Presidencia del Gobierno, efectuada por Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 5 de...

SecciónII. AUTORIDADES Y PERSONAL
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

Efectuada convocatoria pública mediante Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 5 de octubre de 2001 (B.O.C. nº 133, de 12.10.01).

Visto el informe de la Dirección General de la Función Pública, emitido de conformidad con lo previsto en la base quinta de la convocatoria, acreditando el cumplimiento por parte del solicitante de los requisitos exigidos en la misma.

Visto el informe del Director General del Gabinete del Presidente.

De acuerdo con la base sexta de la convocatoria y en uso de las competencias que tengo atribuidas por el artículo 29.1.c) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y el artículo 17.1 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 53, de 1.5.98),

D I S P O N G O:

Primero.- Designar al funcionario D. Gonzalo Rodríguez López, con D.N.I. nº 41.970.159, para desempeñar el siguiente puesto: Centro Directivo: Gabinete del Presidente. Unidad: Oficina Análisis y Estudios. Denominación del puesto:Puesto Singularizado. Número de R.P.T.: 06.16.01.006. Nivel: 26. Puntos de complemento específico: 64,00. Vínculo: funcionario de carrera. Administración de procedencia: indistinta. Grupo: B. Adscripción Cuerpo/Escala: Técnico de Gestión Estadística. Jornada: especial. Localización: Las Palmas de Gran Canaria.

Segundo.- El funcionario cesará en su actual puesto de trabajo en el plazo de tres días, contados desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de este Decreto, y habrá de tomar posesión en igual plazo, si reside en la misma isla, o en un mes, si reside fuera de ella, contado desde el día siguiente al...

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