ORDEN de 30 de julio de 2010, por la que se desarrolla la estructura de la Secretaría General Técnica de esta Consejería.
Sección | I. DISPOSICIONES GENERALES |
Emisor | Consejería de Obras Públicas y Transportes |
Rango de Ley | Orden |
El Gobierno de Canarias ha aprobado el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas y Transportes mediante el Decreto 8/2010, de 4 de febrero (BOC nº 39, de 25 de febrero).
Si bien las funciones y atribuciones de la Secretaría General Técnica se contemplan en el artículo 23 del citado reglamento orgánico, resulta conveniente desarrollar su estructura, con el fin de asignar y precisar su desempeño en las diferentes unidades administrativas que conforman el centro directivo.
Los Consejeros o Consejeras, como miembros del Gobierno, ejercen la potestad reglamentaria en las materias propias de su Departamento, en forma de órdenes departamentales, conforme a lo dispuesto en el artículo 32.c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 11, de 30 de abril).
El artículo 34.1 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (BOC nº 122, de 16 de septiembre), prevé que la estructuración y regulación de los servicios se refundirá con los reglamentos orgánicos aprobados por el Gobierno y se aprobará por el titular del Departamento.
Por último, la disposición final primera del referido Decreto 8/2010, de 4 de febrero, faculta al Consejero de Obras Públicas y Transportes para dictar cuantas disposiciones requiera su desarrollo y ejecución.
En su virtud, a propuesta del Secretario General Técnico del Departamento, y de conformidad con las restantes disposiciones de general aplicación,
D I S P O N G O:
La Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, para el ejercicio de las competencias que le están atribuidas, se estructura en las siguientes unidades y servicios:
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La Unidad de Apoyo al Secretario General Técnico.
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La Secretaría Territorial de Santa Cruz de Tenerife.
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La Secretaría Territorial de Las Palmas.
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El Servicio de Personal e Inspección de Servicios.
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La Oficina Presupuestaria.
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El Servicio de Régimen Jurídico.
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El Servicio de Informática.
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La Unidad de Apoyo al Secretario General Técnico realiza las siguientes funciones:
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Informar y divulgar las actividades propias del Departamento, así como la coordinación de sus publicaciones.
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Tramitar los expedientes ante los órganos colegiados del Gobierno.
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Gestionar, coordinar y supervisar la ejecución de los acuerdos y convenios de colaboración, y los protocolos generales suscritos con otras entidades.
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Estudiar sectorialmente la política inversora del Departamento.
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Apoyar y asistir en el seguimiento de las inversiones contempladas en los convenios de colaboración suscritos con otras administraciones públicas.
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Elaborar estudios e informes sobre actuaciones específicas de contenido económico determinadas por el Secretario General Técnico.
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Asistir en la tramitación de las iniciativas normativas que versen sobre materias de competencia del Departamento.
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Coordinar la formulación de observaciones a realizar, en su caso, a las iniciativas normativas que remitan las restantes Consejerías de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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Tramitar las iniciativas parlamentarias que atañan a la Consejería.
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Tramitar las sugerencias y...
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