ORDEN JUS/178/2011, de 1 de febrero, por la que se publica la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

SecciónII. AUTORIDADES Y PERSONAL
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

Finalizados los ejercicios de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Auxilio Judicial, convocadas por Orden JUS/1653/2010, de 31 de mayo (BOE de 22 de junio) y recibida del Tribunal Calificador la relación de aspirantes que han superado las mismas.

Este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Orden JUS/1294/2010, de 5 de mayo (BOE del día 19) y base 7.5.1 de la Orden JUS/1653/2010, de 31 de mayo (BOE del día 22), ha acordado:

Primero.- Hacer pública la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial, que figura en el anexo II de la presente Orden.

Segundo.- En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, los aspirantes que figuran en el anexo II y los aspirantes que figuran en el anexo de la Orden JUS/3210/2010, de 30 de noviembre (BOE de 14 de diciembre), rectificada por Orden JUS/3410/2010, de 21 de diciembre (BOE de 3.1.11), deberán presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, Plaza Jacinto Benavente, nº 3, 28071-Madrid, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos siguientes:

  1. Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad.

  2. Fotocopia compulsada del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, de acuerdo con lo dispuesto en la base 4 de la Orden de convocatoria.

    En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  3. Declaración jurada de no hallarse comprendidos en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitados para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separados mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubieran sido rehabilitados (anexo I).

  4. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Auxilio Judicial, expedido por el Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda a los interesados y, en caso de que no estén acogidos a ningún régimen de la...

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