DECRETO 87/2014, de 1 de agosto, por el que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Rango de LeyDecreto

Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, para la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo.

Considerando justificada la modificación de la misma, por la necesidad de adaptar las estructuras organizativas de las Escuelas de Capacitación Agrarias para que sean más eficaces en las competencias docentes que tienen asignadas.

Vistos los artículos 5, 6, 15, 16 y 16-bis de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y demás disposiciones vigentes de aplicación.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, y a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia, Justicia e Igualdad y de Economía, Hacienda y Seguridad, y previa deliberación del Gobierno en su sesión celebrada el día 1 de agosto de 2014,

D I S P O N G O:

Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, en los siguientes términos:

Anexo I Puestos de nueva creación.
Anexo II Puestos suprimidos.
Anexo III Puestos modificados.

Segundo.- El personal funcionario nombrado con funciones de Jefe de Estudio, Jefe de Explotación o Jefe de Internado, o aquellos que se puedan establecer en las normas de aplicación, con un máximo de tres puestos por centro, verán incrementados en cinco puntos el complemento específico del puesto de trabajo que desempeñen, que será incompatible con cualquier complemento de especial responsabilidad, que se pueda crear por Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera...

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