DECRETO 346/2015, de 19 de octubre, por el que se declara de interés público de Canarias la Asociación Promoción Claretiana de Cooperación para el Desarrollo Canarias (PROCLADE CANARIAS).

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Rango de LeyDecreto

Visto el expediente instruido para la declaración de interés público de Canarias la Asociación Promoción Claretiana de Cooperación para el Desarrollo Canarias (PROCLADE CANARIAS), y tomando en consideración los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Asociación Promoción Claretiana de Cooperación para el Desarrollo Canarias (PROCLADE CANARIAS) solicitó ser declarada de interés público de Canarias, siendo sus fines estatutarios promover el desarrollo integral de la persona y de los pueblos, especialmente entre los más desfavorecidos, de Canarias, de África y de América Latina, con particular atención a aquellos unidos por vínculos tradicionales a Canarias, sensibilizar y educar para el desarrollo y la solidaridad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, ofrecer cauces para la cooperación misionera a través de un voluntariado y la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación internacional para el desarrollo.

Segundo.- La Asociación Promoción Claretiana de Cooperación para el Desarrollo Canarias (PROCLADE CANARIAS) figura inscrita desde el año 1999 en el Registro de Asociaciones de Canarias con el nº G1/S1/12224-99/TF, teniendo como ámbito territorial de actuación el de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- Según consta en el expediente administrativo instruido, desde su constitución la asociación interesada viene realizando actividades necesarias para la consecución de sus fines, destacando las acciones de sensibilización y de educación para el desarrollo y la solidaridad y los proyectos acometidos directamente en Canarias para mejorar las condiciones de determinados sectores de la población a través, entre otros, de los programas "EDUCA" y "ALMOGAREN" dirigidos a la prevención de riesgo social en menores adolescentes y a la integración social de las personas que están o han estado recluidas en instituciones penitenciarias, respectivamente.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 38.1 de la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias, establece que podrán ser declaradas de interés público de Canarias las asociaciones de ámbito territorial autonómico inscritas en el Registro de Asociaciones en las que concurran las circunstancias prevista en el citado artículo, constando en el expediente instruido que la Asociación Promoción Claretiana de Cooperación para el Desarrollo Canarias (PROCLADE CANARIAS) cumple con dichos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR