DECRETO 18/2018, de 19 de febrero, por el que se autoriza la transmisión de las licencias de comunicación audiovisual radiofónica en las localidades de Las Palmas de Gran Canaria, 95.8 MHz, y Maspalomas, 95.3 MHz, de las que es titular Radio Las Palmas, S.L., a favor de Inolvidable FM, S.L.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

Visto el expediente administrativo tramitado por la Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios, del mismo resultan los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Decreto 102/2011, de 6 de mayo, se transformó en licencia la concesión de Radio Las Palmas, S.L., para la gestión indirecta del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Las Palmas de Gran Canaria, frecuencia 95.8 MHz.

Segundo.- Mediante Decreto 103/2011, de 6 de mayo, se transformó en licencia la concesión de Radio Las Palmas, S.L., para la gestión indirecta del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Maspalomas, frecuencia 95.3 MHz.

Tercero.- Con fecha 4 de octubre de 2017, tiene entrada en la Presidencia del Gobierno escrito de D. Héctor Cabezas Roda, en nombre y representación de Radio Las Palmas, S.L., en el que solicita autorización para la transmisión de las citadas licencias de comunicación audiovisual radiofónica en la localidad de Las Palmas de Gran Canaria, frecuencia 95.8 MHz, y en la localidad de Maspalomas, frecuencia 95.3 MHz, de las que es titular Radio Las Palmas, S.L., a favor de Inolvidable FM, S.L.

Cuarto.- El 9 de octubre de 2017 se requiere al interesado para que subsane su solicitud y presente la documentación preceptiva en virtud de lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 80/2010, de 8 de julio, sobre servicios de comunicación audiovisual, y en el artículo 39.4 del Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico aprobado por Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, dictándose en la misma fecha del requerimiento la Resolución nº 96 del Viceconsejero de Comunicación y Relaciones con los Medios por la que se suspende el plazo de resolución del procedimiento.

Quinto.- Con fecha 21 de diciembre de 2017, se ha dado efectivo cumplimiento al requerimiento de la documentación, constando en el expediente el borrador del negocio jurídico que se pretende celebrar, la manifestación del adquirente sobre el cumplimiento de todas las obligaciones y límites legalmente establecidos para la obtención de las licencia, y la autorización previa de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital para la transmisión de la concesión demanial aneja a la licencia. Asimismo obra en el expediente el acuerdo extrajudicial formalizado el 13 de diciembre de 2016, constando también en el expediente que la transmisión definitiva de...

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