DECRETO 13/2017, de 16 de enero, por el que se modifica la categoría del Bien de Interés Cultural "Iglesia de San Pedro Apóstol", situada en el término municipal de Vilaflor, isla de Tenerife, por la de Monumento, delimitando su entorno de protección y vinculando sus bienes muebles.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Turismo, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

Visto el expediente instruido por el Cabildo Insular de Tenerife para la modificación de la categoría del Bien de Interés Cultural "Iglesia de San Pedro Apóstol", situada en el término municipal de Vilaflor, isla de Tenerife, por la de Monumento, delimitando su entorno de protección y vinculando sus bienes muebles, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Decreto del Gobierno de Canarias 602/1985, de 20 de diciembre (BOC nº 13, de 31 de enero de 1986), la Iglesia de San Pedro Apóstol fue declarada "Monumento Histórico Artístico de interés para la Comunidad Autónoma de Canarias".

Segundo.- Por Resolución del Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos del Cabildo Insular de Tenerife, de 15 de noviembre de 2004, se incoa expediente para la modificación de la categoría del citado bien, estableciendo su delimitación, justificación, descripción y relación de bienes muebles vinculados, abriéndose un periodo de información pública de veinte días.

Tercero.- Posteriormente, mediante Resolución del Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos del Cabildo Insular de Tenerife, de 14 de abril de 2005, que estima las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Vilaflor relativas a la legislación aplicable, se revoca la Resolución mencionada en el Antecedente anterior y se procede a la incoación de un nuevo expediente para la modificación de la categoría del citado bien, estableciendo su delimitación, justificación, descripción y relación de bienes muebles vinculados, y a la correspondiente apertura de un periodo de información pública.

Cuarto.- Con fecha 20 de abril de 2005, el Cabildo de Tenerife solicita los preceptivos dictámenes a la Universidad de La Laguna y al Organismo Autónomo de Museos y Centros, siendo emitido informe solamente por esta última entidad.

Quinto.- Por Resolución del Consejero Insular del Área Cultura, Patrimonio Histórico y Museos del Cabildo de Tenerife, de 19 de mayo de 2005, se abre trámite de audiencia sin que conste la presentación de alegaciones en el expediente, según Certificado emitido por la Vicesecretaría General Accidental del citado Organismo, de 31 de agosto de 2005.

Sexto.- Por Resolución del Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos del Cabildo Insular de Tenerife, de 3 de octubre de 2005, se resuelve elevar el expediente al Gobierno de Canarias para la resolución del...

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