DECRETO 124/2016, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda
Rango de LeyDecreto

El Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, establece en su artículo 3 que la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda en materia de políticas sociales y vivienda, así como las relativas a la materia de empleo, que tenía asignada la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.

El artículo 2 del Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, dispone que, bajo la superior dirección de su titular, la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda se estructura en los siguientes órganos superiores: la Viceconsejería de Políticas Sociales y Vivienda, de la que dependen la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, la Dirección General de Dependencia y Discapacidad y la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia; la Viceconsejería de Empleo y Emprendeduría, de la que depende la Dirección General de Trabajo; y la Secretaría General Técnica que dependerá directamente de la persona titular del Departamento.

Igualmente, el citado precepto dispone que están adscritos a la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda el Consejo Económico y Social a efectos presupuestarios y de relaciones con el Gobierno, así como el Servicio Canario de Empleo y el Instituto Canario de la Vivienda.

La Disposición final segunda del citado Decreto 183/2015, de 21 de julio, establece que los departamentos afectados por el mismo elevarán al Gobierno, en propuesta conjunta con la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, los correspondientes proyectos de estructura orgánica y funcional de los Departamentos.

El presente Decreto aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, dando cumplimiento a las previsiones antes citadas.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Empleo, Políticas Sociales, y Vivienda y del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 19 de septiembre de 2016,

D I S P O N G O:

Artículo único Se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda en los términos del anexo a este Decreto.
Disposición adicional primera.- Gestión de la red pública de Escuelas Infantiles.

La gestión de las Escuelas Infantiles adscritas a la Consejería competente en materia de políticas sociales se llevará a cabo en los términos regulados en el Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Disposición adicional segunda.- Indemnizaciones por asistencias a órganos colegiados.

Los órganos colegiados previstos en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda que no tengan asignada expresamente otra categoría quedan encuadrados en la categoría tercera del artículo 46.1 del Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio, aprobado por el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, excepto los que estén presididos por el Consejero o la Consejera, que lo estarán en la categoría segunda.

Disposición adicional tercera.- Competencia para imponer sanciones.

En los supuestos de acumulación de infracciones correspondientes a la misma materia en un solo procedimiento, será órgano competente para imponer la sanción, por la totalidad de dichas infracciones, el que lo sea para imponer la de mayor cuantía, salvo regulación expresa en otro sentido contenidas en las normas específicas reguladoras de la materia.

Disposición derogatoria única.- Disposiciones que se derogan.

Quedan derogadas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Decreto, y, específicamente el Decreto 98/2013, de 26 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio y el Decreto 117/2014, de 12 de diciembre, de modificación del anterior, en lo relativo a las competencias del área de trabajo y empleo y el Decreto 64/2013, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda en lo relativo a las áreas de políticas sociales, infancia y familia, y vivienda.

Disposición final primera.- Comisionado de Inclusión Social y Lucha contra la Pobreza.

El Comisionado o Comisionada de Inclusión Social y Lucha contra la Pobreza en su ámbito funcional contará con el apoyo técnico y administrativo de la Viceconsejería de Políticas Sociales y Vivienda y sus Direcciones Generales dependientes, así como de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, en los términos señalados en el artículo 19.4 del Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, aprobado por el Decreto 4/2016, de 1 de febrero.

Disposición final segunda.- Modificación de la estructura orgánica y de funcionamiento del Servicio Canario de Empleo, aprobado por Decreto 118/2004, de 29 de julio.

La estructura orgánica y de funcionamiento del Servicio Canario de Empleo, aprobada por Decreto 118/2004, de 29 de julio, se modifica en los siguientes términos:

Se añade al apartado 4 del artículo 8 una nueva letra d) con la siguiente redacción:

"d) La resolución de los procedimientos sancionadores por infracciones en materia de seguridad social, respecto de las infracciones de los trabajadores o asimilados, beneficiarios y solicitantes de prestaciones, tipificadas en los artículos 24.3 y 25.4 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, comunicando la sanción, en el momento en que se imponga, a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo para su ejecución".

Disposición final tercera.- Modificación de la denominación de la Comisión de seguimiento de la Prestación Canaria de Inserción en el Decreto 136/2007, de 24 de mayo.

La denominación de la Comisión de seguimiento de la Prestación Canaria de Inserción regulada en el artículo 35 del Reglamento de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción, aprobado por el Decreto 136/2007, de 24 de mayo, pasa a denominarse Comisión Sectorial de Seguimiento y Comunicación interadministrativa de la Prestación Canaria de Inserción.

Disposición final cuarta.- Referencias normativas.

Las referencias hechas a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, se entenderán hechas a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, según corresponda, a partir de la entrada en vigor de las citadas leyes.

Disposición final quinta.- Autorización de desarrollo.

Se faculta al Consejero o a la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda para dictar las disposiciones y resoluciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en el presente Decreto.

Disposición final sexta.- Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de septiembre de 2016.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Fernando Clavijo Batlle.

LA CONSEJERA DE EMPLEO, EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA, JUSTICIA E IGUALDAD,

Patricia Hernández Gutiérrez. Aarón Afonso González.

A N E X O

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO,

POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA

CAPÍTULO I Artículos 1 a 4

ÁMBITO FUNCIONAL Y ORGANIZACIÓN DE LA CONSEJERÍA

Artículo 1 Ámbito funcional.

La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda es el Departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias encargado de la propuesta y ejecución de las directrices del Gobierno de Canarias y de la gestión de los servicios y competencias, en las siguientes áreas materiales:

  1. Trabajo, empleo, formación profesional ocupacional y continua, y emprendeduría.

  2. Políticas sociales e inmigración.

  3. Dependencia y discapacidad.

  4. Protección a la infancia y la familia.

  5. Política de vivienda.

Artículo 2 Órganos superiores y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR