DECRETO 109/2018, de 23 de julio, por el que se declara de interés público de Canarias la Asociación Salud Mental AFAES.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Rango de LeyDecreto

Visto el expediente instruido para la declaración de interés público de Canarias de la Asociación Salud Mental AFAES, y tomando en consideración los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Asociación solicitó ser declarada de interés público de Canarias, teniendo los siguientes fines sociales:

  1. La Asociación tiene como objetivo general, la adopción de todas las medidas que contribuyan a la mejora de calidad de vida de las personas afectadas por una enfermedad mental y de sus familias, y específicamente se plantea los siguientes fines:

  2. Contribuir a la mejora de la asistencia, atención, rehabilitación e inserción familiar, social y laboral de las personas con enfermedad mental.

  3. Apoyar a las familias que tienen enfermos con problemas psíquicos.

  4. Reivindicar la creación de los servicios en materia preventiva, asistencia y de rehabilitación en el campo de la psiquiatría, dando prioridad a la asistencia extra hospitalaria.

  5. Defender los derechos de los enfermos mentales y de sus familias.

  6. Promover la comprensión pública hacia los enfermos mentales y de sus familias.

  7. Promover la información y el intercambio de experiencias en los aspectos sanitarios, sociales y legales en cuanto a la atención a las personas con enfermedad mental y sus familias.

  8. Promover relaciones de colaboración con entidades de finalidad común.

  9. Crear centros para atender a las personas con enfermedad mental con el fin de promover y facilitar la integración familiar, social y laboral.

  10. Promocionar empleo para las personas con enfermedad mental.

Segundo.- La Asociación Salud Mental AFAES figura inscrita desde el año 1991 en el Registro de Asociaciones de Canarias con el nº G1/S1/10557-91/GC teniendo como ámbito territorial de actuación el de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- Según consta en el expediente administrativo instruido, desde su constitución la asociación interesada viene a contribuir a la mejora de la asistencia, atención, rehabilitación e inserción familiar, social y laboral de las personas con enfermedad mental.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 38.1 de la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias establece que podrán ser declaradas de interés público de Canarias las asociaciones de ámbito territorial autonómico inscritas en el Registro de Asociaciones en las que concurran las circunstancias previstas en el citado artículo, constando en el expediente instruido que la Asociación Salud Mental AFAES cumple...

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