DECRETO 90/1987, de 21 de mayo, por el que se regula la constitución de las Federaciones Autonómicas de la Vela Latina Canaria.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

El artículo 148.19 de la Constitución señala que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de promoción del deporte y el artículo 149.3 de la misma agrega que las materias no atribuidas expresamente al Estado por la propia Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos.

El Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado por Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, confiere a esta Comunidad Autónoma en el artículo 29.15, competencias exclusivas en materia de deporte.

Por Real Decreto 2798/1982, de 12 de agosto, se transfiere por el Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias, entre otras funciones, la tutela y promoción de las asociaciones deportivas, cuyo ámbito de actuación no exceda del territorio de la Comunidad Autónoma.

Desde hace años, los sectores deportivos de la Vela Latina en Canarias han manifestado su aspiración de contar con unas estructuras federativas propias para la promoción y ordenación de estas modalidades deportivas.

La vela Latina Canaria, como deporte náutico autóctono de nuestra Comunidad, se practica fundamentalmente en las islas de Gran Canarias y Lanzarote.. No obstante, las embarcaciones utilidades se diferencian así como por los núcleos de población y litorales donde se practican estas especialidades vernáculas siendo también distintas las reglamentaciones y costumbres de las competiciones deportivas.

En consecuencia, la organización de las actividades deportivas de estas dos modalidades resultantes, denominadas popularmente "botes" y "barquillos" de la Vela Latina Canaria, se estructuran en federaciones específicas con personalidad jurídica propia, que ejercerán, además de sus propias competencias, funciones públicas en orden a la promoción y ordenación del deporte federado de la Vela Latina en Canarias.

En su virtud, a propuesta del Consejero de cultura y Deportes y previa deliberación, del Gobierno en su reunión del día 21 de mayo de 1987,

DISPONGO:

Artículo 1°. 1°: Las Federaciones Autonómicas de Vela Latina Canaria son entidades constituidas por los estamentos de jueces y jurados, deportistas, técnicos y asociacio-nes dedicadas a la práctica de la Vela Latina Canaria en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2°: Las Federaciones Autonómicas de Vela Latina Canaria gozan de personalidad jurídica propia, con reconocimiento oficial en el Registro de Clubes Agrupaciones y...

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