DECRETO 19/2010, de 25 de febrero, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento 'El Cementerio de Vegueta', situado en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, isla de Gran Canaria, y se delimita su entorno de protección.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

Visto el expediente instruido por el Cabildo Insular de Gran Canaria para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor del "Cementerio de Vegueta", situado en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Mediante Decreto de la Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico y Cultural del Cabildo Insular de Gran Canaria de 22 de julio de 2008, se incoa expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor del "Cementerio de Vegueta", situado en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, sometiendo el mismo a información pública por el plazo legalmente establecido.

  2. Habiendo sido notificado el trámite de audiencia a los interesados, por el plazo de 15 días, no consta la presentación de alegaciones en el expediente.

  3. Solicitado el preceptivo dictamen a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y al Museo Canario, consta el informe favorable emitido por este último organismo.

  4. Por Decreto de la Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico y Cultural del Cabildo Insular de Gran Canaria, de 11 de marzo de 2009, se resuelve elevar el expediente al Gobierno de Canarias para la resolución del procedimiento, y en sesión celebrada el 16 de octubre de 2009 el Consejo Canario del Patrimonio Histórico emite informe favorable para la declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor del "Cementerio de Vegueta", situado en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, isla de Gran Canaria.

  5. Consta el informe favorable emitido por la Comisión Mixta Comunidad Autónoma de Canarias-Iglesia Católica de fecha 21 de abril de 2009.

  6. Mediante escrito de fecha 1 de febrero de 2010, se formula la denuncia de mora por la Compañía Canaria de Cementerios S.A., por lo que de acuerdo con el artículo 21.2 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, se producirá la caducidad del expediente el 3 de abril de 2010.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

  7. La tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.

  8. El artículo 18.1.a) de la mencionada Ley 4/1999, de 15 de marzo, define la categoría de Monumento como "bienes que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u obras singulares de escultura siempre que sobresalgan por su valor arquitectónico, técnico, histórico, artístico, científico o social".

  9. El artículo 26.2 de la anteriormente citada Ley establece que "se entiende por entorno de protección la zona periférica, exterior y continua al inmueble cuya delimitación se realiza a fin de prevenir, evitar o reducir un impacto negativo de obras, actividades o usos que repercutan en el bien a proteger, en su contemplación, estudio o apreciación de los valores del mismo".

  10. Conforme establece el artículo 22.1 del mismo texto legal, la declaración de Bien de Interés Cultural se realizará mediante Decreto del Gobierno de Canarias, a propuesta de la Administración actuante y previo informe favorable del Consejo Canario del Patrimonio Histórico, trámites todos ellos que se han cumplido y que constan en el expediente administrativo.

    En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, visto el informe del Consejo del Patrimonio Histórico de Canarias, y tras la deliberación del Gobierno en su reunión del día 25 de febrero de 2010,

    D I S P O N G O:

    Declarar Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento "El Cementerio de Vegueta", situado en el término...

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