DECRETO 225/2000, de 12 de diciembre, por el que se crea el Consejo Canario de Colegios Oficiales de Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Presidencia
Rango de LeyDecreto

El artículo 32.13 del Estatuto de Autonomía de Canarias atribuye a esta Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de Colegios Profesionales y ejercicio de las profesiones tituladas, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 36 y 139 de la Constitución.

El Decreto 278/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, determina el ejercicio de la competencia en esta materia a dicho Departamento.

El Título III de la Ley Territorial 10/1990, de 23 de mayo, de Colegios Profesionales de Canarias, desarrollado por el Capítulo III del Decreto Territorial 277/1990, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Canarias, regula la posibilidad de constitución de Consejos de Colegios de Canarias, estableciendo el procedimiento para su creación, sin que se contemple ésta como forzosa, sino como una aspiración legítima de los Colegios Profesionales de Canarias.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.3 de la citada legislación territorial, a propuesta del Consejero de Presidencia y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 12 de diciembre de 2000,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Se crea el Consejo Canario de Colegios Oficiales de Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales, como...

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