ORDEN de 17 de noviembre de 2010, por la que se modifica parcialmente la Orden de 23 de julio de 2010, que convoca las subvenciones para inversiones a bordo de buques pesqueros y selectividad, establecidas en la Sección 3ª, del Capítulo II, de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 21 de junio de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Examinada la iniciativa de la Viceconsejería de Pesca para modificar parcialmente la Orden de 23 de julio de 2010 (BOC nº 150, de 2.8.10) por la que se convocan las subvenciones destinadas a inversiones a bordo de buques pesqueros y selectividad, establecidas en la Sección 3ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España, para el período de programación 2007-2013, aprobada por Orden de 21 de junio de 2010, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de 23 de julio de 2010, se convocan las subvenciones destinadas a inversiones a bordo de buques pesqueros y selectividad, establecidas en la Sección 3ª del Capítulo II de las mismas.

Segundo.- En el antecedente de hecho segundo de la referida Orden, se hace referencia a la cofinanciación de los créditos, estableciéndose unos porcentajes de cofinanciación distintos a los reales, por lo que es necesario proceder a su modificación.

Además no se distingue la financiación para los cambios de motor, que viene determinada por la eslora total de la embarcación.

Tercero.- En el fundamento de derecho cuarto de la Orden de 23 de julio de 2010, en relación con la competencia del titular del Departamento para conceder las subvenciones que se convocan, se incluyó por error la referencia al artículo 1.2, letra f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, aprobado por Decreto 31/2007, de 5 de febrero, cuando en realidad debió figurar el artículo 1.2, letra o) del citado Reglamento Orgánico.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- En virtud de lo establecido en el artículo 14 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el 3.1 del citado Decreto y según lo estipulado en el artículo 1.2, letra o) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, aprobado por Decreto 31/2007, de 5 de febrero, en conexión con lo establecido en la Disposición Transitoria Primera del Decreto 147/2010, de 25 de octubre, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, y en el artículo 3 del Decreto 185/2010, de 23 de octubre, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y...

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