DECRETO 120/2008, de 27 de mayo, por el que se crea el Instituto Universitario de Estudios Avanzados en Física Atómica, Molecular y Fotónica de la Universidad de La Laguna.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Junio de 2008
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

El Instituto Universitario de Estudios Avanzados en Física Atómica, Molecular y Fotónica de la Universidad de La Laguna (IUDEA) se plantea como una iniciativa de un conjunto de investigadores comprometidos en el desarrollo de nuestra comunidad, con la pretensión de alcanzar, entre otros, objetivos como: el desarrollo de una investigación interdisciplinar de alta calidad en las áreas de física aplicada, de física atómica, molecular y nuclear, y de matemática aplicada; la formación de titulados de posgrado y doctores competentes, capacitados para desarrollar una labor profesional con la máxima eficacia, así como, la formación de investigadores de la máxima competencia que contribuyan al fortalecimiento de la capacidad científica y tecnológica de nuestra sociedad en nuestro entorno regional, nacional, e internacional; el fomento del intercambio de investigadores y estudiantes de posgrado con instituciones homólogas nacionales y extranjeras, que por una parte mejore la preparación de los miembros del Instituto y su trabajo científico, y por otra, contribuya a la difusión de la actividad del mismo; y la promoción de la cooperación entre sus grupos y otros grupos de orientación tecnológica con el fin de abrir espacios comunes de investigación y desarrollo.

Los Institutos Universitarios de Investigación son, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística, pudiendo organizar y desarrollar programas y estudios de doctorado y de posgrado según los procedimientos previstos en los Estatutos, y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de sus competencias.

El artículo 10.3, en relación con el 8.2 de la citada Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificado por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que la creación, modificación y supresión de los Institutos Universitarios de Investigación serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

De acuerdo con la normativa citada y atendiendo a las competencias atribuidas a los Consejos de Gobierno de las universidades por las citadas leyes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR