DECRETO 21/1995, de 10 de febrero, por el que se acuerda la aplicación y se desarrolla la regulación del precio público de los servicios sanitarios prestados por el Servicio Canario de la Salud.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorAgencia Tributaria. Delegación de Las Palmas
Rango de LeyDecreto

El Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, regula el régimen jurídico de los precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias y, entre ellos, el de los precios públicos por la prestación de servicios o la realización de actividades de su competencia. El artículo 169.1 del citado Decreto Legislativo señala que los bienes, servicios y actividades que han de ser retribuidos mediante precios públicos, se determinarán por el Gobierno, a propuesta conjunta de la Consejería de Economía y Hacienda y de la Consejería que haya de percibirlos o de la que dependa el órgano o ente correspondiente. El artículo 16 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece que los usuarios sin derecho a la asistencia de los Servicios de Salud podrán acceder a los servicios sanitarios con la consideración de pacientes privados, de acuerdo, entre otros, con el siguiente criterio: la facturación por la atención será efectuada por las respectivas administraciones de los centros, tomando como base los costes efectivos. Por su parte, el artículo 83 del mismo texto legal dispone que los ingresos procedentes de la asistencia sanitaria en los supuestos de seguros obligatorios especiales y en todos aquellos supuestos, asegurados o no, en que aparezca un tercero obligado al pago, tendrán la condición de ingresos propios del Servicio de Salud correspondiente. Por Real Decreto 446/1994, de 11 de marzo, se traspasaron a la Comunidad Autónoma de Canarias las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, asignándose los mismos a la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales por el Decreto 54/1994, de 11 de abril. A su vez por la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, se ha creado el Servicio Canario de la Salud como organismo autónomo de carácter administrativo encargado de la ejecución de la política sanitaria de la Comunidad Autónoma de Canarias y de la gestión de las prestaciones y centros, servicios y establecimientos de la Comunidad Autónoma encargados de las actividades de salud pública y asistencia sanitaria. Los servicios prestados por el Servicio Canario de la Salud a pacientes no beneficiarios del mismo responden a los caracteres que el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, atribuye a los...

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