ORDEN de 25 de octubre de 2011, por la que se convocan anticipadamente para el ejercicio 2012, las subvenciones para inversiones a bordo de buques pesqueros y selectividad, establecidas en la Sección 3ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 21 de junio de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
Rango de LeyOrden

Vista la iniciativa de la Viceconsejería de Pesca y Aguas para convocar anticipadamente para el ejercicio 2012 las subvenciones destinadas a inversiones a bordo de buques pesqueros y selectividad, establecidas en la Sección 3ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el en el Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España, para el período de programación 2007-2013, aprobada por Orden de 21 de junio de 2010, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Orden de 21 de junio de 2010 (BOC nº 123, de 24.6.10), por la que se aprueba las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca para España, para el período de programación 2007-2013, dedica la Sección 3ª, del Capítulo II de las bases, a las subvenciones destinadas a inversiones a bordo de buques pesqueros y selectividad.

Segundo.- En el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2012, está previsto crédito adecuado y suficiente para atender las subvenciones que se convocan. Estos créditos están cofinanciados por la Unión Europea, conforme al siguiente cuadro:

Ver anexo en la página 26387 del documento Descargar

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Es competente el titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, para aprobar esta Orden, de conformidad con lo establecido en el artículo 47.1 de las bases reguladoras de la concesión, en la Comunidad Autónoma de Canarias, de determinadas subvenciones previstas en el Programa Operativo de la Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de la Pesca de España, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 21 de junio de 2010 (BOC nº 123, de 24.6.10) y en el artículo 14.1 en relación con 3.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de aplicación supletoria a las subvenciones que se convocan, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 del Decreto 86/2011, de 8 de julio, del Presidente, por el que se determina el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 135, de 11.7.11), que atribuye a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, las competencias que legal y reglamentariamente tenía...

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