ORDEN de 29 de mayo de 2007, por la que se autoriza, en la Comunidad Autónoma de Canarias, el Organismo Pagador del Fondo Europeo Agrícola de Garantía y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, y se establece su organización y funcionamiento.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Agricultura, Ganadería,Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

Mediante el Reglamento (CE) 1290/2005, del Consejo, de 21 de junio, se ha procedido a una nueva regulación de la financiación de la Política Agrícola Común, determinando nuevas condiciones y normas específicas aplicables a la financiación de sus gastos, incluidos los de desarrollo rural, y creando dos nuevos fondos europeos agrícolas: el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

El nuevo escenario surgido de este marco normativo se ha desarrollado a través del Reglamento (CE) nº 885/2006, de la Comisión, de 21 de junio, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1290/2005, del Consejo, en lo que se refiere a la autorización de los organismos pagadores y otros órganos y a la liquidación de cuentas del FEAGA y del FEADER, dando lugar, en su conjunto, a nuevos modelos de gestión financiera de los fondos agrícolas.

Dicho Reglamento (CE) nº 885/2006 puntualiza, respecto a los organismos pagadores, que "en caso de que un organismo pagador autorizado en virtud del Reglamento (CE) nº 1663/95 asuma nuevas competencias después del 16 de octubre de 2006 que no desempeñase antes de esa fecha, será necesaria una nueva autorización de conformidad con los criterios establecidos en el presente Reglamento, que regule esas nuevas competencias". A tal efecto, prevé en su artículo 1.3 que "la autoridad competente decidirá, mediante un acto oficial, la autorización de un organismo pagador basándose en el examen de los criterios de autorización", debiendo ser realizado dicho examen por "un órgano que sea independiente del organismo pagador que deba autorizarse".

El Estado español, en congruencia con este nuevo marco normativo, dictó el Real Decreto 521/2006, 28 de abril de 2006, por el que se establece el régimen de los organismos pagadores y de coordinación de los fondos europeos agrícolas; dicho Real Decreto expone que "la existencia de suficientes puntos en común en la gestión de los pagos agrícolas y de desarrollo rural, las sinergias derivadas de su administración conjunta y la conveniencia de mantener el número actual de organismos pagadores en cada Comunidad Autónoma aconsejan que éstos asuman la gestión y pago de los programas de desarrollo rural en su...

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