DECRETO 38/1992, de 3 de abril, por el que se aprueban las disposiciones reguladoras generales de la acreditación de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorAyuntamiento de Teguise (Lanzarote)
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 1.626/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de patrimonio arquitectónico, control de edificación y vivienda, en el anexo I, apartado D, expresa las funciones en que han de concurrir la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma y forma de cooperación. En los subapartados d), e), f) e i) del citado apartado, se contienen las siguientes funciones:

- Elaboración de modelos indicativos del funcionamiento de las organizaciones de control de calidad de la edificación en las Comunidades Autónomas y formación del personal adecuado.

- Supervisión y homologación de laboratorios para la calidad de la edificación.

- Registro de entidades que desarrollan su actividad en las materias objeto del traspaso.

Con el objeto de coordinar estas funciones de manera que se armonice la actuación de las distintas Administraciones Públicas, salvando el principio de reciprocidad entre las mismas, se constituyó una Comisión Técnica de trabajo en materia de calidad en la edificación, con la participación de representantes de los Organismos de las Comunidades Autónomas que tienen asumidas las funciones relacionadas con el control de calidad de la edificación, entre ellas, la Comunidad Autónoma de Canarias y la Dirección General de Vivienda y Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

Fruto de los trabajos de la citada Comisión ha sido el Real Decreto 1.230/1989, de 13 de octubre, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 18 de octubre de 1989, por el que se aprueban las disposiciones reguladoras generales de la acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la edificación.

Siendo necesario el concurso de laboratorios privados para la política de calidad de la edificación de la Comunidad Autónoma de Canarias, y estando las disposiciones reguladoras de total acuerdo con esta política, procede que las actuaciones de acreditación se realicen conforme a las mencionadas disposiciones reguladoras.

Por otra parte, la continua referencia a los laboratorios acreditados en las distintas áreas de edificación para el sector de las obras públicas, tanto en la ejecución de las obras como en los distintos programas de calidad que en las mismas son de aplicación, aconseja que la acreditación en las distintas áreas para el control de calidad de la edificación se haga extensiva al...

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