RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2010, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plazas de los Cuerpos docentes universitarios.

SecciónII. AUTORIDADES Y PERSONAL
EmisorJunta de Canarias
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (en adelante, LOMLOU), el Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna y la Resolución de 3 de febrero de 2009, por la que se dispone la publicación del Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna, acordado en la sesión del Consejo de Gobierno de 29 de enero de 2009 y publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 31, de lunes 16 de febrero de 2009, modificado por Resolución de 20 de mayo de 2010 (BOC nº 104, de 28.5.10) se convoca concurso de acceso para la provisión de las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Este concurso se regirá por lo dispuesto en la LOMLOU, el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a Cuerpos docentes universitarios, en los Estatutos de la Universidad de La Laguna, en el Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna y, con carácter supletorio, por lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.

Segunda.- Para participar en el presente concurso se requieren los siguientes requisitos generales:

  1. Nacionalidad: ser español. No obstante, podrán participar en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad o cualquier otra circunstancia que confiera el derecho a dicha participación, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

    La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen y traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.

  2. Edad: tener cumplidos los dieciocho años y no haber superado los setenta.

  3. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, en la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.

  4. No padecer enfermedad ni discapacidad física que impida el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de Universidad.

    Tercera.- Además de los requisitos generales, los candidatos deberán cumplir los requisitos conforme a lo establecido en el artículo 4 de Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios.

    Los requisitos enumerados en las bases segunda y en la presente, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

    Cuarta.- Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso, remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de La Laguna, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del...

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