DECRETO 248/1990, de 28 de noviembre, por el que se actualizan los Decretos de valoraciones definitivas de los costes de los servicios inherentes a los traspasos de competencias al Cabildo Insular de Fuerteventura.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorC.la Presidencia
Rango de LeyDecreto

El Decreto 54/1988, de 12 de abril, por el que se aprueba la metodología que regirá la valoración de competencias que se transfieran a los Cabildos Insulares, dispone, por lo que a la actualización de las valoraciones se refiere, que los costes de personal y de funcionamiento, se actualizarán con lo mismos criterios que los señalados para la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por otra parte, la Disposición Final de los Decretos números 91/1989, 93/1989 y 94/1989, de 1 de junio, referentes a la valoración definitiva del coste de los servicios inherentes al traspaso, establece que la materialización de las transferencias asumidas por los Cabildos, quedará subordinada a la previa confección de las Actas de entrega y recepción de los medios personales, materiales y recursos transferidos.

Habiéndose publicado recientemente la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, se hace preciso de conformidad con su Disposición Transitoria Tercera, previo Acuerdo aprobado en la Comisión de Transferencias, proceder a la actualización de aquellas situaciones que hasta la materialización de dichas transferencias se han observado.

En su virtud, visto el Acuerdo adoptado por la Comisión de Transferencias de Competencias a los Cabildos Insulares, y a propuesta del Consejero de la Presidencia, tras la deliberación del Gobierno en su sesión del día 28 de noviembre de 1990,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Actualizar los Decretos por los que se establece la valoración definitiva del coste de los servicios inherentes al traspaso, al Cabildo Insular de Fuerteventura, en el sentido que a continuación se expresa:

Decreto 93/1989, de 1 de junio, por el que se establece la valoración definitiva del coste de los servicios inherentes al traspaso, al Cabildo Insular de Fuerteventura, de las competencias en materia de cultura, deportes y patrimonio histórico-artístico insular.

En el anexo I, en el puesto nº 3658, donde dice: "L. Mateo Castañeira", debe decir: "3656 L. Mateo Castañeyra".

Decreto...

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