DECRETO 12/2006, de 8 de febrero, por el que se crea el Instituto Universitario de Estudios de las Mujeres de la Universidad de La Laguna.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

La creación del Instituto Universitario de Estudios de las Mujeres, de la Universidad de La Laguna, obedece a la necesidad de dar continuidad a la actividad desplegada por el Centro de Estudios de la Mujer, existente en la misma desde 1995, constituyéndose como un organismo interdisciplinario en el que participan investigadoras/es, de todas las áreas disciplinarias representadas en la Universidad de La Laguna, en las que se plantee un enfoque de género con el fin de realizar investigaciones y la impartición de docencia específica de tercer ciclo y de especialización de estudios sobre las mujeres, contribuyendo al desarrollo, difusión y formación de los agentes de investigación en los estudios sobre las mujeres a través de la docencia especializada, la investigación, la discusión, la reflexión y la crítica, en colaboración con los Departamentos de la Universidad de La Laguna, inspirando el avance científico orientado a mejorar las condiciones y calidad de vida del entorno social, el desarrollo integral del Archipiélago Canario, con especial incidencia en las condiciones de vida de las mujeres y fomentando la defensa de los valores sociales y cívicos y, en particular, la libertad, solidaridad, tolerancia, igualdad y el espíritu crítico.

Los Institutos Universitarios son, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, Centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística, pudiendo organizar y desarrollar programas y estudios de doctorado y de postgrado según los procedimientos previstos en sus Estatutos y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de sus competencias.

En el artículo 10.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, se establece que para la creación y supresión de los Institutos Universitarios de Investigación, se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8, del mismo texto legal. Y en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, se regirá por lo previsto en el artículo 24 de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias.

De acuerdo con la normativa citada y atendiendo a las competencias atribuidas a los Consejos Sociales de las Universidades, por la propia Ley Orgánica 6/2001, y por la Ley Territorial 11/2003, de 4 de abril, la Comisión Permanente del Consejo Social de la Universidad de La Laguna, en sesión celebrada el día 2 de julio de 2004, aprobó la propuesta de creación del Instituto Universitario de Estudios de las Mujeres, previo informe favorable de fecha 31 de octubre de 2003, del Consejo de Gobierno Provisional de la citada Universidad.

Por todo ello y en virtud de la facultad conferida por el artículo 10.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y artículo 24 de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, y previa deliberación del Gobierno en su sesión celebrada el día 8 de febrero de 2006,

D I S P O N G O:

Artículo 1 Creación y funciones.

Se crea el Instituto Universitario de Estudios de las Mujeres, integrado en la Universidad de La Laguna, como Centro encargado de realizar investigación y actividades docentes referidas a enseñanzas especializadas o cursos de doctorado, así como proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de sus competencias en estudios sobre las mujeres y sujeto en su actividad a los principios y normas organizativas establecidas en la legislación vigente, en los Estatutos de la Universidad de La Laguna y en su Reglamento Interno.

Artículo 2 Fines.

Son fines esenciales del Instituto, los siguientes:

  1. Realizar investigación e impartir docencia de tercer ciclo y de especialización en estudios sobre las mujeres.

  2. Contribuir al desarrollo, difusión y formación de las/los investigadoras/es en los estudios sobre las mujeres a través de docencia especializada, investigación, discusión, reflexión y crítica, en colaboración con los Departamentos de la Universidad de La Laguna.

  3. Inspirar el avance científico orientado a mejorar las condiciones y calidad de vida del entorno social, con especial incidencia en las condiciones de vida de las mujeres.

  4. Difundir el conocimiento y facilitar el acceso a su acervo, especialmente de quienes encuentren mayores dificultades para ello.

Artículo 3 Órganos de Gobierno.

Son órganos de gobierno del Instituto:

  1. Órganos Colegiados:

    1. El Consejo.

    2. Las Comisiones:

    - La Comisión Permanente.

    - Las Comisiones no permanentes que el Consejo del Instituto considere...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR