ORDEN de 18 de junio de 2010, por la que se establece el régimen de uso de la uniformidad del Cuerpo General de la Policía Canaria y se procede a una modificación puntual de la uniformidad.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia y Seguridad
Rango de LeyOrden

La Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria, establece que reglamentariamente se determinará la uniformidad, el régimen de uso de los uniformes, las divisas, los distintivos y la documentación policial. En cumplimiento de dicha previsión legal se procedió mediante Decreto 204/2008, de 30 de septiembre, a establecer la uniformidad reglamentaria de los miembros del Cuerpo General de la Policía Canaria como el conjunto de prendas y demás elementos que integran los diferentes uniformes que se describen en el citado Decreto.

Ante la inmediata puesta en marcha del Cuerpo General de la Policía Canaria resulta necesario establecer el régimen de uso de la uniformidad y de los elementos que la integran, describiendo las características del uniforme ordinario de faena destinado a la actividad operativa del Cuerpo. Además se realiza una modificación puntual para incorporar signos externos, en la parte posterior de la pieza superior del uniforme, acordes con la imagen institucional del Cuerpo y así permitir una rápida identificación por parte de los ciudadanos.

La Disposición Final Primera del referido Decreto faculta al Consejero competente en materia de seguridad para dictar las disposiciones necesarias y a adoptar las medidas oportunas que puedan precisar la aplicación y desarrollo del Decreto 204/2008, de 30 de septiembre, así como para realizar las modificaciones puntuales de los uniformes y demás elementos que integran la uniformidad de los miembros del Cuerpo General de la Policía Canaria.

Por ello,

D I S P O N G O:

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de la presente Orden la regulación del régimen de uso de la uniformidad, contemplada en el Decreto 204/2008, de 30 de septiembre, así como la modificación puntual de la imagen de la uniformidad y la uniformidad ordinaria de faena.

Artículo 2 Imagen de la uniformidad.

La palabra "POLICÍA" siempre que aparezca en la parte posterior de la pieza superior del uniforme, irá acompañada del texto "C.G. POLICÍA CANARIA" justificado al ancho de caja de...

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