DECRETO 370/2007, de 16 de octubre, por el que se establecen los precios públicos a satisfacer por los estudiantes que utilicen los servicios de la Residencia del Instituto Politécnico de Formación Profesional Marítimo-Pesquera de Canarias, en Arrecife de Lanzarote.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Agricultura, Ganadería,Pesca y Alimentación
Rango de LeyDecreto

El Instituto Politécnico de Formación Profesional Marítimo-Pesquera de Canarias, de Arrecife, Lanzarote, dependiente de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación cuenta, entre sus instalaciones, con una Residencia a disposición de los alumnos que cursan estudios de formación profesional marítimo pesquera específica y de adultos y que tengan que realizar largos desplazamientos dentro de la isla o desplazarse desde otras zonas geográficas diferentes a la isla de Lanzarote.

Existe por otra parte, otro tipo de alumnado en Lanzarote, fundamentalmente universitario, que cursa estudios en la isla y cuya capacidad económica no le permite acceder con facilidad a la oferta alojativa del sector privado, generándose una demanda en este sentido, a la que se puede dar respuesta desde la Administración Pública, mediante el ofrecimiento a dichos alumnos de las plazas de la Residencia que no sean cubiertas por los estudiantes de formación profesional marítimo-pesquera.

Se hace preciso pues, instrumentar un sistema de precios públicos derivados de la prestación de los servicios de alojamiento, comedor y limpieza de la Residencia del Instituto Politécnico de Formación Marítimo-Pesquera de Canarias, que cubra los costes económicos de los servicios prestados.

De conformidad con lo establecido en el artículo 32, apartado 16 del Estatuto de Autonomía de Canarias, corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de ordenación del sector pesquero.

La Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias, dispone en su artículo 57.2, letras c) y d), referente al ámbito y objetivos de la formación marítimo-pesquera, que la Comunidad Autónoma de Canarias llevará a cabo, entre otras, las actuaciones de dirección y supervisión de los centros de enseñanzas, así como la realización de otras actividades formativas, en coordinación y colaboración con otras instituciones públicas y privadas.

El artículo 11.3.C del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, aprobado por Decreto 31/2007, de 5 de febrero, atribuye a la Viceconsejería de Pesca competencias en materia de formación profesional...

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