DECRETO 36/1989, de 16 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1989.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de La Presidencia
Rango de LeyDecreto

El artículo 70 de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, establece los criterios a que debe ajustarse la Oferta de Empleo Público, debiendo realizarse ésta, una vez aprobada la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, y relacionándose todas las vacantes que no puedan ser cubiertas por los efectivos de personal existente en la Administración de la Comunidad Autónoma.

No habiéndose concluido los procedimientos selectivos que en ejecución de la Oferta de Empleo de 1988 fueron convocados por Ordenes de la Consejería de la Presidencia, para ingreso en la Escala de Gestión General y en el Cuerpo Administrativo, se estará a lo que resulte de dichos procedimientos para, en su caso, formular Oferta complementaria para el presente año respecto de los mencionados Cuerpos y Escalas.

En su virtud, promulgada la Ley Territorial 3/1989, de 24 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 1989, y de conformidad con lo establecido en el artículo 5, 2, c) de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, a propuesta de la Consejería de la Presidencia y tras deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 16 de marzo de 1989,

DISPONGO:

Artículo 1.- Se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 1989, en los ténninos que figuran en el presente Decreto.

Artículo 2.- En la Oferta de Empleo Público se incluyen las vacantes dotadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 1989 y que son las que figuran en los anexos siguientes al presente Decreto:

I. Plazas de Cuerpos y Escalas de Funcionarios creadas por la Ley Teriitorial 211987, de 30 de marzo, y Cuerpos y Escalas de Funcionarios Docentes.

II. Plazas de Personal Laboral incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio Colecúvo Unico del personal laboral vigente en la Administración de esta Comunidad Autónoma.

Artículo 3.- En cada convocatoria se reservará un 50% de las plazas objeto de la misma para ser provistas por el sistema de promoción interna por funcionarios que pertenezcan a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Si el número de aspirantes que superasen las pruebas selectivas fuese inferior al de las plazas convocadas en alguno de los turnos, el número...

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