DECRETO 147/1990, de 31 de julio, por el que se traspasan a la Consejería de la Presidencia las funciones del Registro de Asociaciones Culturales dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorC.la Presidencia
Rango de LeyDecreto

Por Orden de 28 de julio de 1984 (B.O.C.A.C. nº 88, de 5.9.84) se creó en el seno de la entonces Consejería de Cultura y Deportes, el Registro de Asociaciones Culturales de la Comunidad Autónoma de Canarias, al amparo de lo previsto en el artículo 29.9 del Estatuto de Autonomía y en el Real Decreto 3.355/1983, de 28 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad en materia de cultura.

La creación de este Registro se efectuó con el fin de disponer de un mecanismo de información y reconocimiento legal de cuantas asociaciones culturales desarrollaban su labor en el territorio del Archipiélago Canario, con anterioridad al traspaso de funciones del Estado a la Comunidad en materia de registro de asociaciones, operado por el Real Decreto 1.205/1985, de 3 de julio.

Una vez materializado el traspaso de funciones del Estado a la Comunidad Autónoma en materia de registro de asociaciones, se dictó la Orden de la Consejería de la Presidencia de 14 de mayo de 1986 (B.O.C.A.C. nº 58, de 19.5.86), modificada por otra de 15 de julio de 1986 (B.O.C.A.C. nº 84, de 18.7.86), de regulación del Registro de Asociaciones de Canarias.

A partir de la creación de este Registro se han producido numerosos problemas de duplicidad registral con respecto a diversas asociaciones que han derivado, en algunos casos, en litigios judiciales así como de confusión en los administrados sobre cual es el Registro competente, teniendo en cuenta que las asociaciones culturales se rigen por la misma normativa que las demás asociaciones que tienen acceso al Registro de la Consejería de la Presidencia, recogida fundamentalmente en la Ley 191/1964, de 24 de diciembre.

La simplificación y regulación del procedimiento registral de las asociaciones en el Gobierno de Canarias aconseja suprimir el Registro de Asociaciones Culturales remitiendo la inscripción de éstas al Registro de Asociaciones dependientes de la Consejería de la Presidencia y traspasando a este Departamento los expedientes y documentos obrantes al respecto en la Dirección General de Cultura, teniendo en cuenta que el Registro de la Consejería de la Presidencia garantiza el cumplimiento de la finalidad que se persiguió en su día con el Registro de Asociaciones Culturales.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de la Presidencia y de Educación, Cultura y Deportes, previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 31 de julio de 1990,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Las asociaciones...

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