DECRETO 29/2012, de 4 de abril, por el que se acuerda la implantación de enseñanzas conducentes a la obtención del Título de Grado en Diseño y del Título de Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales por la Universidad de La Laguna a partir del curso 2011-2012.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad
Rango de LeyDecreto

El proceso de construcción del Espacio Europeo de Educación Superior, iniciado con la Declaración de Bolonia de 1999, incluye entre sus objetivos la adopción de un sistema flexible de titulaciones, que favorezcan la incorporación al mundo del trabajo de los ciudadanos europeos, y la competitividad internacional del sistema europeo de enseñanza superior.

Fruto de tal esencial transformación, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, desarrolla la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, regulando los estudios universitarios de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior y de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional se estructuran en tres ciclos, denominados Grado, Máster y Doctorado.

Las enseñanzas de Grado tienen como finalidad la obtención por parte del estudiante de una formación general, en una o varias disciplinas, orientada a la preparación para el ejercicio de actividades de carácter profesional.

El apartado 2 del artículo 8 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, establece que la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención del títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35, serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad, mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 24 de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial serán acordadas por decreto del Gobierno de Canarias, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la Universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos, con informe previo favorable del Consejo Social.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de La Laguna propuso y el Consejo Social de la citada Universidad informó favorablemente la propuesta...

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